Marcharse de una empresa por decisión propia no equivale a renunciar a todo lo que se ha generado durante la relación laboral. Aunque en una baja voluntaria no haya indemnización por despido, la empresa sí debe liquidar las cantidades pendientes hasta la fecha efectiva de salida. Esa liquidación es el finiquito, un documento que conviene revisar con calma antes de firmar.

“El finiquito es todo lo que la empresa te debe en la fecha de salida”, resume Gemma Reinón, de Català Reinón Abogados. “Y es importante entender que no solo se cobra en caso de despido, sino también cuando el trabajador se marcha voluntariamente”. La idea es clave: una cosa es la indemnización, que depende de la causa de extinción del contrato, y otra la liquidación de salarios y derechos ya devengados.

Àlex Fontelles, de Fontelles Advocats, insiste en esa misma separación. “El finiquito no siempre implica cobrar dinero: puede ser negativo si el trabajador ha disfrutado más derechos, como vacaciones, de los que le correspondían, y la empresa puede descontarlo legalmente”. Por tanto, no basta con saber si la salida es voluntaria o por despido: hay que calcular qué se ha generado y qué se ha cobrado o disfrutado ya.

Qué conceptos debe incluirEl primer elemento es el salario pendiente. Si el trabajador se va el día 12, la empresa debe abonar los días trabajados de ese mes hasta la fecha de baja. A ello se suman las partes proporcionales de otros conceptos salariales.