El empresario puede recurrir a varias normas de la ley dependiendo de la situaci�n del trabajador.El Estatuto de los Trabajadores (ET) ha confirmado que, si un trabajador sale de su jornada exactamente a la hora en punto, se puede considerar un motivo de despido disciplinario exclusivamente bajo ciertas condiciones.�Cu�les son los detalles de la ley?El art�culo 54 del Estatuto de los Trabajadores recoge ciertos requisitos y normas en relaci�n con el despido disciplinario. Principalmente, es importante establecer que el Estatuto de los Trabajadores no indica ninguna norma que determine que se puede despedir al trabajador �nicamente por irse cuando termine su jornada, ya que los trabajadores tienen sus jornadas determinadas.Lo que indica la ley es el incumplimiento de los deberes laborales durante la jornada completa al irse justamente en punto, lo cual se puede considerar como desobediencia en algunos casos. El art�culo 54.2 describe los incumplimientos contractuales posibles en los que un trabajador puede incurrir. Dependiendo de si se ajusta a la situaci�n del empleado, es posible que las empresas puedan recurrir a los diferentes apartados dentro del art�culo.El apartado b) del mismo art�culo indica que "la indisciplina o desobediencia en el trabajo" se considera un incumplimiento contractual. Asimismo, el art�culo 34.5 determina que el tiempo de trabajo del empleado se computar� desde el inicio hasta el final de la jornada laboral diaria. Si el empresario considera que el hecho de dejar de trabajar para salir en punto es un acto de indisciplina, es posible que busque un motivo de despido disciplinario.�Qu� otras normas se pueden aplicar?Se puede recurrir a otro apartado del art�culo 54, espec�ficamente al apartado d), el cual recoge que "la transgresi�n de la buena fe contractual" puede ser motivo de despido. Esto significa que si el empleado abusa de la confianza depositada en �l durante el desarrollo del trabajo, su conducta se puede considerar como causa de despido. Al aplicarse a este caso concreto, si el empleado deja de trabajar con el objetivo de salir de su jornada exactamente a la hora en punto, se puede considerar que est� vulnerando la buena fe contractual.En el apartado e) del mismo art�culo, se establece que "la disminuci�n continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo" se considera un incumplimiento contractual. En el caso de que el empleado deje de trabajar para salir exactamente en punto, el empresario puede interpretar que se est� voluntariamente disminuyendo el desarrollo de sus tareas, lo que podr�a constituir un motivo de despido disciplinario. Esto se debe a que, como no est� utilizando todo el tiempo laboral disponible, la calidad de su trabajo disminuir� al reducir la jornada efectiva para salir justo a la hora.Tomando en cuenta los art�culos anteriores, los empresarios no pueden despedir al trabajador �nicamente por salir puntualmente de su jornada laboral. Lo que se puede convertir en un despido disciplinario es que el empleado voluntariamente abandone sus tareas o producci�n con el objetivo de salir exactamente cuando termina su jornada. Aunque las perspectivas de los empresarios depender�n de varias circunstancias, tienen el derecho de recurrir a la ley si se puede aplicar a la situaci�n del empleado.