La cantidad de horas extraordinarias que se pueden realizar depende de cada situaci�n.El Estatuto de los Trabajadores ha confirmado en el art�culo 35 que la realizaci�n de las horas extraordinarias puede ser obligatoria, bajo unos ciertos criterios.Detalles sobre la leyEl art�culo 35 del Estatuto de los Trabajadores establece ciertas condiciones relacionadas con las horas extraordinarias de los trabajadores. Esta ley indica los diferentes criterios sobre cu�ntas horas se deben realizar, c�mo se abonan las horas extras, y en qu� casos ser�n obligatorias. Seg�n el Bolet�n Oficial del Estado (BOE), las horas extraordinarias se definen como "aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duraci�n m�xima de la jornada ordinaria de trabajo".El trabajador puede ser compensado de dos formas. La primera es una retribuci�n econ�mica, cuya cantidad no podr� ser inferior al valor de la hora ordinaria. La segunda es la compensaci�n por tiempos equivalentes de descanso retribuido, en cuyo caso, los descansos se disfrutan dentro de los cuatro meses siguientes a la realizaci�n de las horas extraordinarias. En algunos casos, el Gobierno puede reducir el n�mero m�ximo de horas extraordinarias para crear empleo en ciertas ramas o �mbitos territoriales.Casos de horas extras obligatoriasEl art�culo 35.4 indica que las horas extraordinarias son voluntarias, salvo algunos casos. En primer lugar, ser�n obligatorias si as� se ha pactado en el convenio colectivo. Adem�s, esta obligatoriedad tambi�n se aplica si existe un acuerdo dentro del contrato individual de trabajo.De todos modos, las horas extraordinarias realizadas no pueden superar las 80 horas anuales, salvo algunas condiciones. El art�culo 35.3 indica que una condici�n para que el trabajador realice horas extras de forma obligatoria es para prevenir o reparar siniestros y otros da�os extraordinarios. Estos siniestros pueden ser situaciones graves, como, por ejemplo, incendios, fallos inform�ticos que deben arreglarse urgentemente o da�os estructurales en el edificio del trabajo, etc�tera.Para evitar fraudes en las horas realizadas, el art�culo 35.5 indica que la jornada de cada trabajador se registrar� cada d�a. La empresa tiene la obligaci�n de sumar todas las horas ordinarias y extraordinarias para su retribuci�n. El trabajador recibir� una copia con el resumen de todas las horas realizadas en el mes. De esta forma, el trabajador sabr� cu�ntas horas le deben retribuir o devolver con tiempo libre.
El Estatuto de los Trabajadores confirma: las empresas pueden obligar a hacer horas extra en estos casos
El Estatuto de los Trabajadores ha confirmado en el art�culo 35 que la realizaci�n de las horas extraordinarias puede ser obligatoria, bajo unos ciertos criterios.










