Aparte del despido, los derechos econ�micos durante el periodo de ausencia podr�an ser suspendidos bajo ciertas condiciones.El Estatuto de los Trabajadores (ET) establece determinadas conductas que pueden dar lugar a un despido disciplinario durante una baja laboral.�Cu�les son los detalles de la ley?El art�culo 54 del Estatuto de los Trabajadores determina ciertas condiciones sobre el despido disciplinario. Adem�s, el art�culo 55 determina los efectos de este tipo de despido. El art�culo 54.2, en su apartado d), recoge que "la transgresi�n de la buena fe contractual" se considera un incumplimiento que constituye un motivo de despido disciplinario.Aunque no existe una norma espec�fica que establezca que el empleado puede ser despedido por irse de vacaciones estando de baja, se entiende que est� ausente del trabajo por razones de salud. Esto significa que, si un trabajador se va de vacaciones durante la baja, puede entenderse que vulnera la buena fe contractual. Teniendo esto en cuenta, podr�a ser una causa justificada de despido disciplinario.El art�culo 55.4 establece las condiciones cuando el despido disciplinario resulta v�lido, por lo que se considera procedente. Dispone que el despido procedente convalida la extinci�n del contrato del trabajador. Por ello, este no tendr� derecho a indemnizaciones ni a salarios de tramitaci�n. Es decir, si la empresa despide al trabajador de forma disciplinaria y el despido es declarado procedente por irse de vacaciones cuando estaba de baja, no estar� obligada a abonarle indemnizaci�n alguna.�Qu� otras normas se deben tener en cuenta?El art�culo 20.4 establece el derecho del empresario a verificar el estado de salud del trabajador ausente y a suspender los complementos o mejoras econ�micas de la empresa si el empleado rechaza los reconocimientos m�dicos. Esta retribuci�n asumida directamente por la empresa puede dejar de abonarse sin extinguir autom�ticamente el subsidio p�blico de Incapacidad Temporal. Asimismo, la negativa a someterse al reconocimiento durante un periodo vacacional puede suponer la p�rdida de las mejoras empresariales y derivar en un despido disciplinario por transgresi�n de la buena fe.Es decir, en el caso de que el trabajador no realice estos reconocimientos estando de baja, el empresario podr�a suspender exclusivamente los complementos y mejoras econ�micas a cargo de la empresa durante este periodo. Por lo tanto, estas medidas se aplican independientemente de que el empleado se vaya de vacaciones durante este periodo de tiempo.En el supuesto de que el empleado disfrute de sus vacaciones y rechace someter el reconocimiento m�dico correspondiente, la empresa podr�a aplicarle ambas medidas de sanci�n y p�rdida de mejoras econ�micas. Si los tribunales declaran procedente un despido disciplinario derivado de esta negativa, el contrato se extinguir� sin derecho a indemnizaci�n ni a salarios de tramitaci�n.