Seguridad Social

Hay cuatro grados distintos

El reconocimiento de este derecho depende de la valoraci�n individual de cada casoUna doctora y un paciente.TRESBActualizado Jueves,

julio

07:55La incapacidad permanente es una prestaci�n reconocida por la Seguridad Social para aquellos trabajadores que, por una enfermedad o lesi�n, ven reducida o anulada su capacidad laboral de forma definitiva. En 2026, este derecho contin�a dependiendo de la valoraci�n individual de cada caso.�Qu� es la incapacidad permanente?"La incapacidad permanente se reconoce cuando, despu�s de un tratamiento m�dico, tienes limitaciones graves y definitivas que afectan a tu trabajo", explican desde Leg�litas Abogados. Existen cuatro grados distintos:Incapacidad permanente parcial: puedes seguir con tu profesi�n, pero no podr�s realizar algunas tareas.Incapacidad permanente total: no puedes hacer tu trabajo habitual, pero s� otro diferente.Incapacidad permanente absoluta: no puedes trabajar en ninguna profesi�n.Gran invalidez: no puedes trabajar en ninguna profesi�n y necesitas ayuda en las tareas b�sicas del d�a a d�a.La concesi�n de esta prestaci�n no depende �nicamente del diagn�stico m�dico, sino tambi�n del impacto real que la enfermedad tiene sobre la capacidad de trabajo de la persona afectada. Por ello, dos personas con la misma patolog�a pueden recibir resoluciones diferentes en funci�n de sus s�ntomas, secuelas y profesi�n habitual.Lista de enfermedades que dan derecho a una prestaci�n por incapacidad permanente en 2026No existe un listado oficial de patolog�as que garantice autom�ticamente el acceso a una incapacidad permanente. Sin embargo, determinadas enfermedades suelen estar presentes en numerosos expedientes debido a las limitaciones funcionales que provocan. Las se�alan desde el despacho de abogados Fidelitis:Agorafobia.Albinismo.Alcoholismo.Alzh�imer.Aniridia.Apnea del sue�o.Artritis reumatoide.Artrosis cervical.Ataxia.C�ncer.Cardiopat�a isqu�mica.Condromalacia rotuliana.Depresi�n.Diabetes.Distimia.Distrofia de conos y bastones.Enfermedad de Beh�et.Enfermedad de Crohn y colitis ulcerosa.Enfermedad de Huntington.Enfermedades hep�ticas.Enfermedades renales.Epilepsia.EPOC.Esclerosis m�ltiple.Escoliosis.Espondilitis anquilosante.Espondilosis degenerativa.Esquizofrenia.Estenosis foraminal.Fibromialgia.Fibrosis qu�stica.Hepatitis autoinmune.Hernia discal.Ictus.Lesi�n medular.Lumbalgia cr�nica.Lupus.Maculopat�a.Migra�a.Miop�a magna.Narcolepsia.Neuropat�a cubital.Parkinson.Postpolio.Radiculopat�a lumbar.Retinopat�a diab�tica.Retinosis pigmentaria.Rizartrosis.S�ndrome de Ehlers-Danlos.S�ndrome de Goldmann-Favr�.S�ndrome de Marfan.S�ndrome de M�ni�re.S�ndrome de Raynaud.S�ndrome de Sj�gren.S�ndrome de S�deck.S�ndrome de Tourette.S�ndrome del t�nel carpiano.S�ndrome subacromial.Siringomielia y Arnold Chiari.Stargardt.Trastorno adaptativo mixto.Trastorno bipolar.Trastorno de ansiedad.Trastorno l�mite de la personalidad (TLP).Categor�as de enfermedadesM�s all� de las patolog�as citadas, existen diversas categor�as de enfermedades que pueden dar lugar a la concesi�n de esta prestaci�n. Las indican los expertos del bufete de abogados Juristas Laboralistas:Enfermedades cardiol�gicas: muchas conducen a una incapacidad permanente total. En los casos en los que se recomiende no realizar ning�n esfuerzo ni trabajar en ambientes de m�nimo estr�s, se puede conceder la incapacidad permanente absoluta por cardiopat�as.Enfermedades mentales: suelen dar lugar a los grados total y absoluta. En rara ocasi�n se concede la gran invalidez.Enfermedades traumatol�gicas: dependiendo de la lesi�n, se podr� conseguir incapacidad permanente parcial, total o absoluta.Enfermedades neurol�gicas: el deterioro cognitivo, la niebla mental y las p�rdidas amn�sicas, el p�rkinson, el temblor dist�nico y otras patolog�as, si son cr�nicas, pueden dar lugar a la incapacidad permanente total. En los casos m�s graves, a la absoluta.Enfermedades reumatol�gicas: la fibromialgia, el s�ndrome de fatiga cr�nica, la artritis reumatoide o la artrosis cr�nica son algunas de las muchas enfermedades que suelen conducir a la incapacidad permanente total o, en casos graves, a la absoluta.C�ncer: lo que realmente valora la Seguridad Social son las secuelas derivadas del tratamiento oncol�gico. Si una vez finalizado, las limitaciones contin�an, se puede lograr la incapacidad permanente.