Las pensiones de incapacidad permanente son de las más pagadas dentro del abanico de prestaciones contributivas del sistema de la Seguridad Social pero, a diferencia de otras como las de jubilación o viudedad, presentan ciertas particularidades en aspectos muy diversos como, por ejemplo, su cuantía. Esta es la razón por la cual se plantean diferentes aumentos en las prestaciones cuando la incapacidad permanente ha sido fruto de un accidente o enfermedad laboral que tiene una responsabilidad clara por parte del empleador o, por ejemplo, cuando su beneficiario está cerca de la edad de jubilación y tendrá dificultades para tener un nuevo trabajo.
Algunas pensiones de incapacidad permanente son compatibles con el desarrollo de otro trabajo. Dejando a un lado la parcial, que solo consiste en un pago único, hablamos de la incapacidad permanente total, que inhabilita al trabajador para su labor habitual pero le permite realizar otras tareas.
Según explica la Seguridad Social en su página web, la cuantía de la pensión de incapacidad permanente total es del 55% de la base reguladora. A ese importe se le podría sumar el del sueldo que esté percibiendo el trabajador si consigue un nuevo empleo.










