Los trabajadores tienen el derecho a acumular estas horas de permiso cada a�o durante un periodo m�ximo determinado. El Estatuto de los Trabajadores (ET) ha establecido que los trabajadores tienen derecho a horas retribuidas de formaci�n profesional cada a�o, bajo ciertas condiciones.�Cu�les son los criterios para las horas retribuidas?El art�culo 23 del Estatuto de los Trabajadores recoge informaci�n en relaci�n con la promoci�n y formaci�n profesional en el trabajo. El art�culo 23.3 indica que los trabajadores que lleven en la empresa, como m�nimo, un a�o, tienen el derecho de pedir un permiso retribuido de 20 horas al a�o de formaci�n profesional. Asimismo, la formaci�n debe estar relacionada con la actividad de la empresa.De todos modos, los empleados solo pueden acumular estas horas retribuidas durante un periodo m�ximo de hasta 5 a�os, y perder�n el derecho a ellas al superar este plazo. Asimismo, el art�culo establece que los cursos deben desarrollarse dentro de un plan de formaci�n dise�ado por la empresa, o dentro de un acuerdo de negociaci�n colectiva. Finalmente, este tercer apartado del art�culo recoge que este derecho no incluye la formaci�n que la empresa debe pagar obligatoriamente. Si no existe un convenio colectivo aplicable a la empresa, el trabajador solo podr� ejercer este derecho si media un acuerdo entre el empleado y el empresario. �Qu� otros derechos tiene el trabajador?El art�culo 23 tiene otros dos apartados que recogen m�s informaci�n sobre los derechos que tiene el trabajador cuando est� matriculado en cursos de formaci�n profesional, bajo ciertas condiciones establecidas. El art�culo 23.1 indica que los trabajadores tienen el derecho a concurrir a los ex�menes, adem�s de poder elegir entre seleccionar turnos de trabajo y trabajar a distancia, siempre que la empresa ya tenga establecidos estos sistemas laborales y que el puesto sea compatible. Adem�s, el mismo apartado del art�culo incluye que el trabajador tiene el derecho a que su jornada laboral sea compatible con su horario de formaci�n profesional y que, cuando el trabajador tiene permiso para asistir a su formaci�n, la empresa reserve su puesto de trabajo. El trabajador tambi�n tiene el derecho a recibir formaci�n directamente de la empresa si su trabajo cambia o se adaptan las tareas, y este periodo siempre se considerar� como tiempo de trabajo. El coste de la formaci�n ser� a cargo de la empresa, aunque tiene la opci�n de financiar estos costes utilizando los cr�ditos de formaci�n. Finalmente, el art�culo 23.2 determina que la negociaci�n colectiva sobre los derechos establecidos debe garantizar que se sigan los criterios y sistemas adecuados en relaci�n con la ausencia de discriminaci�n directa o indirecta entre hombres y mujeres.
El Estatuto de los Trabajadores confirma: tienes un permiso retribuido de 20 horas al a�o de formaci�n profesional
El Estatuto de los Trabajadores (ET) ha establecido que los trabajadores tienen derecho a horas retribuidas de formaci�n profesional cada a�o, bajo ciertas condiciones.








