El funcionario recomienda no solicitar la jubilaci�n anticipada con el m�ximo adelanto permitido generalmente.Un funcionario de la Seguridad Social ha indicado cu�l es el mejor momento para solicitar la jubilaci�n anticipada.Seg�n la Ley General de la Seguridad Social, existen ciertos criterios para los trabajadores que soliciten la jubilaci�n anticipada. Estas opciones se pueden conceder atendiendo a las diferentes situaciones personales que tiene cada trabajador. Los art�culos 206, 206 bis, 207 y 208 recogen las diferentes condiciones en las que un trabajador se puede encontrar, y los t�rminos bajo los cuales se pueden solicitar las pensiones p�blicas.�Cu�les son las opciones generales?El art�culo 207 determina la jubilaci�n anticipada por causa no imputable al trabajador. Los criterios principales incluyen no tener una edad que sea, como m�ximo, 4 a�os inferior a la edad de jubilaci�n, la cual es de 67 a�os, o de 65 a�os si se acreditan 38 a�os y 6 meses de cotizaci�n. Tambi�n se exige estar inscrito en las oficinas de empleo durante al menos 6 meses y acreditar un per�odo m�nimo de cotizaci�n de 33 a�os.El art�culo 208 recoge informaci�n en relaci�n con la jubilaci�n anticipada por voluntad del interesado. Las condiciones principales incluyen que el trabajador solo lo pueda solicitar, como m�ximo, 2 a�os antes de las edades de jubilaci�n ordinarias que se han establecido anteriormente, y que debe tener acreditado un per�odo m�nimo de cotizaci�n de 35 a�os. �Cu�les son las opciones especiales?Por otro lado, el art�culo 206 establece que es posible solicitar la jubilaci�n anticipada por raz�n de la actividad del trabajador. Esta opci�n se aplica a los profesionales que est�n en trabajos peligrosos, t�xicos, penosos, insalubres o con niveles altos de morbilidad o mortalidad. El adelanto de la jubilaci�n depender� de la severidad de las condiciones de trabajo y de diversos factores establecidos, como el peligro laboral, el impacto en la discapacidad de los trabajadores, los requisitos f�sicos o mentales, entre otros.Finalmente, el art�culo 206 bis indica que los trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45% o al 65% pueden solicitar la jubilaci�n anticipada. En el caso de aquellos con un grado igual o superior al 45%, debe estar determinado reglamentariamente que dicha discapacidad reduce la esperanza de vida significativamente. �Cu�l es el mejor momento para jubilarse?Alfonso Mu�oz Cuenca, un funcionario de la Seguridad Social, ha indicado cu�l es el mes m�s favorable para solicitar la jubilaci�n anticipada. Mu�oz ha asegurado a trav�s de sus redes sociales que diciembre suele ser el mes m�s beneficioso para solicitarla.La raz�n principal que da el funcionario de la Seguridad Social es la revalorizaci�n de las pensiones. Este proceso consiste en la actualizaci�n anual de las pensiones en relaci�n con el coste de la vida o el �ndice de Precios de Consumo (IPC). En 2026, las pensiones contributivas han subido un 2,7%, y las no contributivas han subido un 11,4%. Lo que explica Mu�oz es que si alguien solicita la jubilaci�n anticipada el 31 de diciembre, se aplicar� la subida de la pensi�n el 1 de enero por estas revalorizaciones, lo que podr�a suponer un importe superior al que se recibir�a si alguien se hubiera jubilado unos meses antes. Tambi�n explica que esto depende del porcentaje de revalorizaci�n, y a�ade que jubilarse justo en el momento en que est� permitido generalmente, que son 2 a�os antes, puede no ser la mejor opci�n. El funcionario dice que quiz�s sea mejor solicitar la jubilaci�n 1 a�o y 9 meses antes. Esto permite reducir los coeficientes reductores por cada mes que se adelanta la jubilaci�n.
Un funcionario de la Seguridad Social confirma: este es el mejor momento para solicitar la jubilaci�n anticipada
Un funcionario de la Seguridad Social ha indicado cu�l es el mejor momento para solicitar la jubilaci�n anticipada. Seg�n la Ley General de la Seguridad Social, existen ciertos...











