La jubilación anticipada involuntaria puede resultar más ventajosa que la voluntaria para los trabajadores que han perdido su empleo al final de su carrera profesional. Esta modalidad permite adelantar el retiro hasta cuatro años, aunque exige cumplir requisitos específicos y asumir una reducción permanente en la pensión. El abogado laboralista Ignacio Solsona explica que “la jubilación anticipada involuntaria es más favorable para la pensión que la voluntaria”. Como ejemplo, señala que, si el retiro se adelanta dos años, la reducción sería aproximadamente del 15 % en la modalidad involuntaria, frente al 21 % en la voluntaria. Para acceder a esta jubilación es necesario haber cotizado un mínimo de 33 años y encontrarse como máximo a cuatro años de la edad ordinaria de retiro. Así, quienes puedan jubilarse a los 65 años podrán solicitarla desde los 61, mientras que quienes tengan fijada la edad ordinaria en 67 años podrán hacerlo a partir de los 63. Además, esta opción está reservada a trabajadores por cuenta ajena que hayan perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad, como un despido colectivo, un despido objetivo, un concurso de acreedores o determinados supuestos de violencia de género. Un despido disciplinario, aunque sea declarado improcedente, no permite acceder a esta modalidad. Otro requisito esencial es permanecer inscrito como demandante de empleo durante, al menos, los seis meses anteriores a la solicitud. Solsona advierte de que una interrupción, aunque sea de un solo día, puede obligar a comenzar de nuevo ese periodo. También recomienda analizar cuidadosamente el momento de retirarse, ya que adelantar cuatro años la jubilación puede implicar una penalización cercana al 30 %. El impacto económico puede ser considerable. En una pensión inicial de 2.000 euros, una reducción del 30 % dejaría la prestación mensual en 1.400 euros, es decir, 600 euros menos cada mes. Por ello, el abogado insiste en que resulta fundamental calcular la pérdida acumulada y comparar las distintas opciones antes de solicitar la jubilación anticipada involuntaria. La jubilación anticipada involuntaria puede resultar más ventajosa que la voluntaria para los trabajadores que han perdido su empleo al final de su carrera profesional. Esta modalidad permite adelantar el retiro hasta cuatro años, aunque exige cumplir requisitos específicos y asumir una reducción permanente en la pensión.