El personal laboral temporal p�blico deber� litigar para poder cobrar indemnizaciones o para, en el caso de haber superado una oposici�n sin haber conseguido plaza, poder obtener la fijeza conforme a las nuevas reglas marcadas por el Tribunal Supremo ante el abuso de temporalidad en las administraciones p�blicas.La sentencia del Tribunal Supremo de unificaci�n de doctrina conocida esta semana "marca un antes y un despu�s" y "abre la espita" para miles de procedimientos judiciales, se�ala la responsable del �rea de derecho laboral del despacho de abogados Vento, Catarina Cape�ns.La sentencia no conlleva un cambio legal que aplique de forma directa por lo que se prev� una "judicializaci�n masiva" en la jurisdicci�n de lo social, a�ade la experta, quien destaca que el dictamen del Supremo cambia "las reglas del juego" de la contrataci�n temporal en el sector p�blico.Lo principal es que se reconoce la conversi�n de la relaci�n laboral temporal en fija -en lugar de indefinida no fija como hasta ahora-, si el trabajador que sufre abuso de temporalidad ha superado un proceso selectivo para un puesto fijo aunque no lograra plaza.En este caso, inciden desde UGT Servicios P�blicos, la fijeza no resulta ya contraria a derecho porque se respetan "los principios de igualdad, m�rito y capacidad" y el abuso revela una necesidad estructural "que exige una reacci�n efectiva".El siguiente punto clave es la indemnizaci�n compensatoria que podr� ser reclamada por quienes han sido v�ctimas de abuso de temporalidad pero no han superado nunca un proceso selectivo para personal fijo."Aunque la resoluci�n judicial descarta la conversi�n autom�tica a la condici�n de fijo como consecuencia del abuso, s� reconoce una v�a alternativa de reparaci�n como la posibilidad de reclamar una indemnizaci�n compensatoria del abuso por el perjuicio sufrido", explican desde Vento a la agencia Efe. Una indemnizaci�n para la que el Tribunal Supremo establece como criterio orientador las cuant�as previstas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS): entre 1.000 y 2.000 euros en su grado m�nimo, de 2.001 a 5.000 euros en grado medio y de 5.001 a 10.000 euros en grado m�ximo.No obstante, explican desde Vento, la propia sentencia aclara que estos importes no operan como un l�mite cerrado, sino como una referencia inicial."Cuando el trabajador consiga acreditar un perjuicio econ�mico o profesional superior, la indemnizaci�n deber� compensar �ntegramente el da�o efectivamente sufrido, sin quedar sujeta a una cuant�a m�xima predeterminada", a�aden.Esta indemnizaci�n, explica UGT, se puede acumular adem�s a la de extinci�n de 20 d�as por a�o con un m�ximo de 12 mensualidades si la relaci�n laboral con la administraci�n ha terminado.La tercera clave pasa por que la sentencia pide remitir testimonio a la Inspecci�n de Trabajo en casos de abuso para iniciar un expediente sancionador contra las Administraciones empleadoras."La temporalidad abusiva en las Administraciones P�blicas no puede seguir saliendo gratis", subrayan desde CCOO que valora el avance que supone la sentencia pero incide, al igual que UGT, en abordar una reforma legal que garantice la estabilidad para el personal p�blico en abuso de temporalidad.Seg�n la Encuesta de Poblaci�n Activa (EPA) del primer trimestre del a�o, hay 981.000 empleados temporales en el sector p�blico, lo que deja la tasa de temporalidad p�blica en el 26,8%, frente al 14,7% de la general.Por regiones, el mayor n�mero de temporales se registra en Andaluc�a (153.000), Madrid (120.000), Comunidad Valenciana (105.000) y Catalu�a (102.000).No obstante, las tasas m�s elevadas de temporalidad se dan en el Pa�s Vasco (38,5%), Canarias (37,8%), Navarra (34,9%), Extremadura (33,4%), Murcia (33,3%) y Arag�n (31,7%).