La excedencia es un mecanismo mediante el cual el trabajador suspende su relación con la empresa que le paga para dedicarse a lo que le apetezca, incluso a encontrar un nuevo trabajo o a estudiar. Pero esa decisión tiene sus consecuencias. Antes de nada, conviene aclarar que nos referimos a la excedencia voluntaria, aquella que responde a la voluntad del trabajador y que aparece regulada y explicada en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores (puede consultarlo en este enlace). Esta excedencia es diferente de otras que se conceden como la forzosa o la de cuidado de menor o de familiares.

De acuerdo con la ley, la excedencia voluntaria se concede a aquellos trabajadores que tienen al menos un año de antigüedad en la empresa y siempre y cuando no la hubiesen disfrutado durante los cuatro años anteriores. De ser así, la empresa no puede negarse, salvo en situaciones extraordinarias.

La duración de la excedencia es determinada. El Estatuto de los Trabajadores la cifra en un mínimo de cuatro meses y en un máximo de cinco años, aunque el trabajador tiene libertad para elegir, dentro de esos rangos, la duración de la excedencia.

En riesgo el puesto de trabajo

Eso sí, lo que debe tener claro en el momento de cogerse la excedencia es que, al hacerlo, pone en riesgo su puesto de trabajo, ya que no se le garantiza el acceso a su puesto de trabajo al final de dicha excedencia. Si la empresa decide reemplazarle, podrá hacerlo, y a la vuelta del permiso el empleado podría quedarse sin la plaza.