La Fiscalía, a lo largo de todo el proceso judicial, recurrió para que el asesino de la agente fuese condenado por acoso y por violencia continuada con decenas de ejemplos de ese “asedio”, pero los distintos fallos lo absolvieron siempre de esos delitos
Desde que el pasado miércoles Dámaso Fernández se saltara una orden de alejamiento y asesinara a Laura Cruz en el cuartel de la Guardia Civil de Llanes donde ella vivía y trabajaba desde hacía años, este periódico ha tenido acceso a documentación policial y judicial que habla de ciertas grietas que no son específicas de ese caso, sino que son patrones que continúan produciéndose a la hora de tomar decisiones sobre la violencia que sufren las víctimas y, por lo tanto, en la protección que se les da. Entre ellas, una que distintas personas cercanas al proceso judicial han señalado como clave estos últimos días: la reiterada negativa de la justicia a condenar al exguardia civil por violencia de género habitual y por acoso, algo que la Fiscalía pidió desde el primer momento.
Laura denunció a Dámaso después de que el 28 de julio de 2019 él se colara derrapando con el coche por la puerta del garaje del cuartel y le diera una paliza de una violencia que los archivos califican de “brutal” y “extrema”. Uno de los testigos, pareja de una agente de ese mismo cuartel, la llamó diciéndole: “Baja, baja, que un guardia civil casi mata a su mujer”. Estaban también delante su hijo ―que entonces tenía 11 años―, sus dos hijas ―gemelas, con seis― y otras tres personas, entre ellas otro guardia.














