Adem�s de los sem�foros, se incluyen cambios significativos para los ciclistas y el uso del cintur�n de seguridad.La reforma del Reglamento General de Circulaci�n, aprobada por el Consejo de Ministros, introduce una serie de novedades clave para reforzar la seguridad vial.�Cu�les son los cambios de los sem�foros?El Real Decreto 518/2026 tiene previsto cambiar ciertas normas dentro del Reglamento General de Circulaci�n, en el que se incluyen varias actualizaciones espec�ficas. La normativa establece determinados cambios sobre los sem�foros, relacionados con la forma en que los conductores deben actuar con los peatones. Los cambios de sem�foros actualizan el p�rrafo d) del apartado 4.2 del Anexo I del Reglamento General de Circulaci�n.La norma actualizada elimina la coincidencia de fases que permit�a una luz amarilla intermitente para los veh�culos mientras los peatones dispon�an de luz verde. Esta actualizaci�n proh�be dicha combinaci�n en giros y cruces, estableciendo un rojo fijo para los conductores con el fin de garantizar el cruce seguro de los peatones.La Direcci�n General de Tr�fico (DGT) confirma que los conductores que no respetan las normas de sem�foros se enfrentar�n a una multa de 200 euros y una p�rdida de 4 puntos en el permiso de conducir.�Cu�les son los otros cambios de la normativa?Las actualizaciones del Reglamento General de Circulaci�n, adem�s, incluyen otros cambios espec�ficos. Los m�s significativos est�n en relaci�n con los ciclistas y las nuevas reglas sobre los cinturones de seguridad. El art�culo 153 de la nueva normativa establece que los ciclistas deben circular por el centro del carril, salvo que su seguridad o la de los dem�s conductores se lo impida. Cuando existen dos carriles por cada sentido, los ciclistas deben circular por el carril derecho. Esto ser� salvo cuando tengan que cambiar de direcci�n o cuando sea necesario por razones de seguridad.Asimismo, los conductores de los veh�culos deben mantener una distancia de seguridad prudencial y proporcional a la velocidad con los ciclistas. En el caso de que los ciclistas precedan al conductor en el mismo carril, este debe asegurarse de no ponerlos en peligro. Adem�s, las autoridades municipales podr�n permitir a los ciclistas circular en ambos sentidos solamente en las v�as urbanas cuando el l�mite de velocidad sea de 30 kil�metros por hora. Si los conductores y los ciclistas se encuentran en estas circunstancias, los veh�culos deben conducir por la derecha, y si no fuera posible, quienes ya circulan por la v�a tienen prioridad.En relaci�n con los cinturones, anteriormente, ciertos conductores profesionales no estaban obligados a circular con el cintur�n puesto. Las actualizaciones del art�culo 119 en la nueva normativa establecen que los taxistas deben abrocharse el cintur�n cuando est�n en servicio. Esto tambi�n se aplica a los distribuidores de mercanc�as, adem�s de a los profesores de conducci�n en zonas urbanas.�Cu�ndo entrar�n los cambios en vigor?Las nuevas actualizaciones del Reglamento General de Circulaci�n aprobadas por el Consejo de Ministros entrar�n en vigor el 1 de octubre de 2026. Sin embargo, los art�culos en relaci�n con el alumbrado obligatorio para los veh�culos de movilidad personal (VMP) -como patinetes el�ctricos- y los cascos homologados para los conductores de ciclomotores entrar�n en vigor el 1 de octubre de 2027.Adem�s, seg�n la p�gina web de la DGT, las normas en relaci�n con la obligaci�n de los guantes de protecci�n homologados para los motoristas entrar�n en vigor cuando las especificaciones t�cnicas est�n reguladas por la orden ministerial. Hasta que esta normativa entre en vigor, los motoristas pueden utilizar los guantes con las caracter�sticas actuales.