El abogado Javier Flores ha llevado la compra del ático de lujo por parte del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ante el Tribunal de Cuentas. En concreto, según la denuncia a la que ha tenido acceso Público, este letrado ha puesto en conocimiento del órgano fiscalizador una serie de hechos que pudieran ser constitutivos de responsabilidad contable por "alcance o menoscabo de caudales públicos, imputables a los gestores de la entidad Planifica Madrid", la empresa pública que realizó la compra del inmueble de uso residencial.PublicidadEl abogado denuncia que una sociedad mercantil de titularidad pública adquirió con fondos públicos una vivienda de uso residencial por importe millonario sin que conste ninguno de los documentos que acreditarían que lo hizo para una finalidad pública. Para ello, empleó un cauce jurídico que "excluyó los controles previos que la legislación patrimonial impone", y que tres meses y medio después, sin haber destinado el inmueble a uso alguno –cuando saltó a la opinión pública–, acordó su reventa. "De ello resulta que el patrimonio público ha soportado íntegramente los costes irreversibles de una operación de ida y vuelta que no ha reportado utilidad alguna, y que tales costes se comprometieron por la vía que impedía conocerlos y fiscalizarlos con anterioridad. Ese daño cierto y evaluable, y no la intención de quienes decidieron, constituye el objeto propio del presente escrito", remacha el escrito.Por ello, tal como consta en la denuncia, este abogado se interesa por seis cuestiones: si existió memoria justificativa de la necesidad y expediente de las obras invocadas como causa de la compra, y con qué fecha; si el órgano competente en materia de patrimonio formalizó encargo alguno a la sociedad adquirente; cuál fue el precio satisfecho y si existió valoración técnica previa que acreditase su correspondencia con el mercado; con cargo a qué recursos se financió la operación; cuál era el destino previsto del inmueble y quién habría de ocuparlo, tratándose de una vivienda de uso residencial ocupada por arrendatarios; y, por último, qué costes "irreversibles" ha generado el conjunto de la operación para el patrimonio público.El denunciante ejecuta esta acción en virtud de lo establecido en el artículo 47.3 de la ley que regula el Tribunal de Cuentas, el cual recoge que "será pública la acción para la exigencia de la responsabilidad contable en cualquiera de los procedimientos jurisdiccionales del Tribunal de Cuentas". PublicidadPor ello, el abogado Javier Flores no imputa a persona alguna la comisión de infracción determinada, ya que no dispone de la documentación necesaria para ello. En su caso, solicita únicamente que sea este órgano fiscalizador quien, mediante el ejercicio de sus potestades de investigación, "recabe los documentos y determine si concurre responsabilidad contable, en el bien entendido de que su exhibición podría acreditar la plena regularidad de la operación".Más Madrid, por su parte, también anunció el pasado viernes su intención de aclarar los pormenores de esta adquisición a través de la vía penal al considerar que puede tratarse de un posible delito de malversación.