NoticiaLa abogada laboral Cindy Isaza explicó por qué la Ley 2101 no aplica automáticamente en el sector oficial.Reducción de la jornada laboral en Colombia tiene excepciones. Imagen de referencia. Foto: Fotomontaje a partir de imágenes de iStockSUBDIRECTOR VIDA12.07.2026 10:14 Actualizado: 12.07.2026 10:14

La reducción de la jornada laboral en Colombia entra en vigor el próximo 15 de julio y llevará el máximo ordinario del sector privado a 42 horas semanales, un ajuste que no implica una disminución salarial y que, por el contrario, modifica al alza el valor de la hora trabajada, los recargos por domingos y festivos, y algunas obligaciones que las empresas dejarán de estar forzadas a cumplir. LEA TAMBIÉN Ese cambio se suma a otro que ya está vigente: desde el 1 de julio, el recargo por trabajo en domingo subió al 90 %, lo que incrementa directamente la remuneración de quienes laboran en su día de descanso obligatorio. Ambas medidas, combinadas, elevan el valor de cada hora trabajada, pues el mismo salario terminará dividido entre menos horas.Sin embargo, no todos los trabajadores colombianos quedarán cobijados por este cambio de manera automática. La abogada laboral antioqueña Cindy Isaza abordó el tema en un video publicado el pasado 8 de julio en su cuenta de Instagram, luego de recibir en varias ocasiones la misma inquietud de sus seguidores: si los empleados del sector público también pasarían a 42 horas semanales a partir del 15 de julio.La respuesta, según la jurista, es noIsaza explicó que la respuesta a esa pregunta es negativa, y no de forma automática, porque el origen de la reducción de jornada está en una norma que solo cobija a un régimen específico. Según indicó, "la reducción a cuarenta y dos horas nació con la ley 2101 del 2021 que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, y esa es la clave".La abogada precisó que esa norma aplica únicamente al régimen laboral del sector privado. En el caso de los empleados públicos, explicó que las reglas son distintas: "tienen un régimen especial y su jornada sigue regulada por el Decreto Ley 1042".La jurista añadió que tampoco los trabajadores oficiales están cobijados de forma directa por el cambio, pese a contar con contrato de trabajo, "porque su jornada depende de su régimen especial". Según Isaza, este es el motivo por el cual la sola entrada en vigencia de las 42 horas no altera la jornada de quienes trabajan en entidades públicas, algo que —según dijo— Función Pública ha reiterado en sus conceptos oficiales.Algunos trabajadores no estarán cobijados por la reducción de la jornada laboral. Foto:iStockNi la Ley 2101 ni la reforma laboral modificaron la jornada públicaLa abogada fue enfática en aclarar que ninguna de las normas recientes tocó el régimen de los servidores estatales: "ni la Ley 2101 ni la Reforma Laboral modificaron automáticamente la jornada de los servidores públicos". Por esa razón, recomendó no dar por sentado que la jornada pública cambiará el mismo 15 de julio."Si trabajas en una alcaldía, una gobernación, un ministerio o la Fiscalía, o cualquier otra entidad pública, no des por hecho que desde el 15 de julio vas a trabajar 42 horas semanales. Si ese cambio llega al sector público, tendrá que hacerse por la vía que corresponda a cada régimen, no por la sola Ley 2101", señaló la jurista, quien además recordó la importancia de verificar la información que circula en redes sociales, dado que en derecho laboral una misma regla no siempre aplica para todos los sectores.Otros efectos poco conocidos de la reducción de jornadaEn el mismo video, la abogada explicó que la reducción de jornada no se limita a trabajar menos tiempo, sino que también modifica el cálculo de varios pagos asociados al trabajo suplementario y a los días de descanso obligatorio. Detalló que, al dividir el mismo salario entre menos horas, aumenta el valor de la hora trabajada, y con ello también las horas extras, el trabajo nocturno y los recargos dominicales y festivos.Isaza mencionó además que, con la implementación progresiva de la Ley 2101 de 2021, las empresas con más de 50 trabajadores dejan de estar obligadas a conceder el día de la familia y las dos horas semanales de recreación y capacitación, aunque podrán seguir ofreciéndolas de manera voluntaria. Al respecto, precisó: "dejan de ser obligatorias, pero la empresa puede otorgarlas voluntariamente".EL TIEMPO Sigue toda la información de Economía en Facebook y Twitter, o en nuestra newsletter semanal.