Si vivimos en una comunidad de vecinos, nuestra vida cotidiana se ve especialmente marcada por el objetivo de mantener un aire de convivencia con el resto de propietarios que la componen. Sin embargo, los conflictos entre sus miembros pueden surgir a raíz de diferentes asuntos, como puede ser una cocina inadecuada. En este sentido, uno de los elementos de esta estancia que supone una mayor fuente de problemas vecinales es, sin duda, el extractor. Uno de estos electrodomésticos en estado defectuoso puede traducirse en la aparición de humos inesperados u olores molestos para los demás residentes del lugar, pudiendo convertirnos en objeto de sanciones. TE PUEDE INTERESAR Así lo confirma la Ley de Propiedad Horizontal, concretamente en su artículo 7.2. “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”, se expone. Sanciones importantes Si bien no habla de escenarios específicos, un extractor defectuoso puede generar efectos insalubres, nocivos o peligrosos para el resto de la comunidad. En estos casos, el presidente de la misma se pondrá en contacto con nosotros para que cesemos nuestra actividad con dichos dispositivos, notificación a la que deberemos atender si no queremos asumir importantes consecuencias legales. TE PUEDE INTERESAR “Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local”, defiende el mismo artículo de la normativa vigente. Dicha sentencia por parte de un juez podría obligarnos a indemnizar a nuestros vecinos por los daños y perjuicios ocasionados. No obstante, en los episodios más extremos, podríamos contar con la prohibición de utilizar la vivienda en un plazo máximo de hasta tres años, por lo que es recomendable atender al reglamento para evitar dicho destino. Si vivimos en una comunidad de vecinos, nuestra vida cotidiana se ve especialmente marcada por el objetivo de mantener un aire de convivencia con el resto de propietarios que la componen. Sin embargo, los conflictos entre sus miembros pueden surgir a raíz de diferentes asuntos, como puede ser una cocina inadecuada.
La Ley de Propiedad Horizontal sentencia: el defecto en nuestro extractor de humo que puede culminar en una cuantiosa sanción con nuestra comunidad de vecinos
Un uso inadecuado de este electrodoméstico o una avería problemática puede deteriorar la convivencia con el resto de propietarios.









