El Tribunal Supremo parece decidido a presentar una cuestión prejudicial sobre el Real Decreto de regularización de inmigrantes de 2026. De lo contrario, no tendría sentido que hubiera preguntado a la Abogacía del Estado, por un lado, y a la de las comunidades autónomas que ya habían interpuesto recursos contencioso administrativos contra dicha norma, por otro, si consideran oportuno o incluso necesario elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
Con el historial de regularizaciones de inmigrantes en España no parece que sea necesario elevar al TJUE ninguna cuestión prejudicial. Antes de esta regularización de 2026 se han producido seis regularizaciones, cuatro con gobiernos socialistas (1986, 1991, 1996 y 2005) y dos con gobiernos del PP (2000 y 2001). En ninguna de ellas se ha considerado necesario formular pregunta de ningún tipo a la justicia europea. Se ha entendido siempre que esta era una cuestión que incumbía al Estado español y que eran sus órganos políticos y judiciales quienes tenían que tomar la decisión.
















