Pensiones
Efecto retroactivo
Los posibles beneficiarios son los hombres con hijos que se jubilaron entre enero de 2016 y febrero de 2021Una persona jubilada.TRESBActualizado Lunes,
junio
13:14En el a�o 2016 se aprob� el complemento por maternidad, que ten�a como objetivo que las madres con hijos pudieran percibir una cantidad extra en la jubilaci�n, ya que, por lo general, ellas hab�an interrumpido sus carreras laborales para hacerse cargo de los menores.Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea (TJUE) determin� que este complemento era discriminatorio y vulneraba el principio de igualdad, lo que oblig� a una modificaci�n de la ley para que los hombres tambi�n pudieran llegar a percibirlo.De esta manera, en 2021 se puso en marcha el complemento por brecha de g�nero, que sustituye al anterior y que puede ser cobrado tanto por hombres como por mujeres, sin distinci�n de sexo. Por tanto, puede ser solicitado por ambos, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos. En la pr�ctica este complemento puede suponer entre 50 y 300 euros m�s al mes.Pero, �qu� ocurre con todos esos hombres jubilados entre 2016 y 2021, que no han tenido acceso a ese complemento por estar dirigido exclusivamente a mujeres? Pueden reclamarlo. Concretamente, la Seguridad Social fija que el requisito es que hayan tenido al menos dos hijos y pueden ver incrementada su pensi�n un 5% (dos hijos), un 10% (tres hijos) o un 15% (cuatro o m�s hijos).El reconocimiento ser� retroactivo. Es decir, que una vez que se conceda, el jubilado percibir� de golpe todas las cantidades que no se le han abonado en ese periodo que va de 2016 a 2021. En este sentido, el Tribunal Supremo ya confirm� que este derecho no prescribe, por lo que en algunos casos podr�amos estar hablando de hasta 12.000 euros.No lo pueden cobrar padre y madre a la vezPor �ltimo, cabe se�alar que el actual complemento por brecha de g�nero no lo pueden cobrar ambos progenitores a la vez por los mismos hijos, por lo que se asigna al que tenga la pensi�n de menor cuant�a. Si solo uno de los dos est� jubilado, entonces ser� ese el que lo perciba y despu�s podr� cambiarse al otro si su pensi�n es menor.







