El fallo afecta solo a las pensiones reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha determinado que el complemento de maternidad por aportación demográfica de las pensiones que estuvo vigente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 puede ser disfrutado por ambos progenitores de manera simultánea si cumplen los requisitos legales, también si estos son funcionarios pertenecientes al sistema de clases pasivas. Con anterioridad, el alto tribunal había unificado doctrina
/economia/2023-05-24/el-supremo-avala-que-los-dos-progenitores-puedan-cobrar-a-la-vez-el-complemento-de-maternidad-vigente-hasta-2021.html" data-link-track-dtm="">permitiendo este cobro al mismo tiempo en el caso del resto de trabajadores de los Regímenes de la Seguridad Social.
Así, el Supremo ha confirmado el cobro simultáneo también para los funcionarios jubilados de clases pasivas. En tres sentencias deliberadas conjuntamente, la Sala destaca que su decisión coincide con la que ha venido sosteniendo la Sala de lo Social del Supremo para los afiliados de la Seguridad Social.
El reconocimiento del alto tribunal, tanto para trabajadores del sistema como para los funcionarios —que cotizaron en clases pasivas hasta 2011— llegó después de que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), sentenciara el 12 de diciembre de 2019 que la norma española que recogía dicho complemento de pensión era discriminatoria porque solo se lo reconocía a mujeres con al menos dos hijos y excluía a los hombres en situación comparable. Aquel fallo provocó que el denominado complemento por aportación demográfica se sustituyese a partir del 4 de febrero de 2021 por el denominado complemento por brecha de género.






