Tener hijos puede influir en la futura pensión de jubilación a través de complementos económicos y periodos de cotización reconocidos por la Seguridad Social. El funcionario Alfonso Muñoz ha explicado qué mecanismos recoge la ley y cómo pueden afectar al importe final. El experto lo ha detallado en su canal de YouTube: "En el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social existen varios mecanismos que reconocen el esfuerzo de la crianza de nuestros hijos en nuestra futura pensión de jubilación mediante complementos económicos en la pensión o bonificaciones en la cotización”, señaló. Complemento para la reducción de la brecha de género El primero de esos mecanismos es el complemento económico vinculado al artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. Muñoz recuerda que desde 2016 existe una ayuda para pensionistas que han tenido hijos, primero bajo la fórmula del complemento de maternidad y, desde 2021, como complemento para la reducción de la brecha de género. “En la actualidad, el complemento económico supone un importe de 36,90 por cada hijo que hayamos tenido”, explicó. Además, aclara que “después de todas las modificaciones y sentencias que ha habido con respecto a este complemento en la actualidad tanto hombres como mujeres pueden tener derecho a él”. Pero Muñoz aclara que solo puede reconocer a uno de los progenitores. "Solo a aquel que tenga menor importe de pensión”, indicó. 270 días de cotización por hijo El segundo beneficio aparece en el artículo 236 de la Ley General de la Seguridad Social y está relacionado con los periodos en los que una persona dejó de trabajar para cuidar de sus hijos. El objetivo es compensar parcialmente lagunas de cotización provocadas por esa dedicación familiar. “Desde 2011 se reconoce una bonificación ficticia en la cotización de 270 días por hijo con el propósito de cubrir los periodos sin cotización de estos trabajadores producidos entre los 9 meses anteriores al parto y los 6 años siguientes al nacimiento de sus hijos”, explicó el funcionario. Sobre esta bonificación, Muñoz señaló tres condiciones relevantes: se aplica a todas las prestaciones, no sirve para alcanzar el periodo mínimo de cotización y solo se reconoce a uno de los progenitores. En caso de controversia, apuntó, se aplicará a la mujer. Los días cotizados por parto El tercer mecanismo se trata del reconocimiento de días cotizados por parto, una cotización ficticia que puede resultar importante de cara a la jubilación. “En el artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social establece una cotización ficticia exclusivamente cuando la solicitante sea mujer, de 112 días por cada parto de un solo hijo o aborto de más de 6 meses y de 14 días adicionales por hijo en caso de parto múltiple”, detalló Muñoz. La diferencia con la bonificación anterior es clave: estos días sí computan para alcanzar el periodo mínimo exigido para jubilarse. El experto recordó que, para acceder a la jubilación, se requieren 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos 15 años. Hasta cinco años adicionales de cotización Muñoz también explicó que estas bonificaciones pueden sumarse, aunque con un límite. “Estas dos medidas o estas dos bonificaciones se pueden sumar para alcanzar como máximo 1825 días, es decir, 5 años adicionales de cotización”, afirmó. Para ilustrarlo, utilizó el caso de una trabajadora llamada María, que se jubila tras 30 años trabajados y ha tenido tres hijos. En ese supuesto, tendría derecho a 110,70 euros al mes por el complemento para la reducción de la brecha de género, al sumar 36,90 euros mensuales por cada hijo. Además, se le reconocerían 810 días por cuidado de hijos, equivalentes a 27 meses, y otros 336 días por parto, es decir, 112 días por cada nacimiento. Con esos periodos añadidos, pasaría de 30 años cotizados a 33 años y 2 meses a efectos de jubilación. Según el cálculo expuesto por Muñoz, ese aumento supondría un 6,84% más de pensión. En una pensión media de 1.480 euros, la diferencia podría alcanzar 101 euros mensuales. Sumado al complemento por tres hijos, el impacto total en el ejemplo sería de 211,70 euros más al mes. “Por tanto, tal y como se puede observar, el tener hijos puede aumentar considerablemente el importe final de nuestra pensión de jubilación”, concluyó el funcionario de la Seguridad Social.
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "En la Ley reconocen el esfuerzo de la crianza de los hijos con complementos económicos en la pensión o bonificaciones en la cotización"
El experto ha explicado qué mecanismos recoge la norma vigente y cómo pueden afectar al importe final







