El Papa abandonó este viernes Canarias, poniendo fin a una semana de vista a España en la que ha intervenido en el Congreso y ha estado casi constantemente acompañado de representantes políticos que, como el presidente Pedro Sánchez, incluso han participado en liturgias católicas. Tras su marcha, queda la pregunta: ¿ha traspasado el Estado la frontera de la aconfesionalidad con el trato dispensado a León XIV? Expertos y entidades sobre el laicismo aportan matices diferentes sobre esta cuestión.
Para comenzar, hay que tener en cuenta que el principio de aconfesionalidad recogido en la Constitución es simplemente una forma de referirse a la laicidad. Así lo defiende Rafael Ruiz Andrés, profesor de Sociología en la Universidad Complutense y experto en dinámicas sociorreligiosas, que advierte que España es “un Estado laico que se declara aconfesional en la Constitución”.
Así lo corrobora también Víctor J. Vázquez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla y estudioso de las aristas legales del laicismo. “La diferencia entre aconfesional y laico es de nomenclatura, nada más, y la prueba es la jurisprudencia, donde el Constitucional habla de principio de laicidad. La palabra aconfesional tiene un sentido más histórico que jurídico, ya que en la Transición se quería romper con la confesionalidad del Franquismo”, ilustra.













