España arrastraba desde 1984 una de las tasas de temporalidad más altas de Europa. Durante décadas, en torno al 25% de las personas asalariadas tenía un contrato temporal — muchas de ellas rotando de manera continua entre empleos de corta duración. No es un dato menor: la inestabilidad contractual es el principal factor detrás de la pobreza laboral en España, incluso por encima de los salarios bajos. Por este motivo, una reforma que redujese la temporalidad era urgente, como vía para combatir la precariedad y la pobreza en nuestro país.Los resultados sobre el papel son históricos. Tras la Reforma Laboral de 2021 (RDL 32/2021) la temporalidad cayó del 26% al 16% entre 2019 y 2024, situando a España por debajo de la media europea por primera vez en décadas. Los contratos temporales pasaron de concentrar el 88% de las nuevas contrataciones al 49% en apenas dos años. Pero una pregunta legítima quedaba en el aire: ¿cambió realmente la estabilidad del empleo o solo cambiaron los nombres de los contratos? En otras palabras, ¿se extinguen ahora los nuevos contratos indefinidos con la misma frecuencia con que antes vencían los temporales?Nuestro recién publicado Policy Brief de ISEAK intenta responder a estas preguntas utilizando el universo de registros administrativos de afiliación a la Seguridad Social entre 2018 y 2025. Mediante curvas de supervivencia Kaplan-Meier — una herramienta que estima la probabilidad de que un contrato siga activo a lo largo del tiempo — observamos un salto claro y sostenido: los contratos firmados tras la reforma tienen mayor probabilidad de continuar activos que los firmados antes. Al cabo de un mes, la probabilidad de supervivencia de los contratos pasó del 49% en 2019 al 56% en 2022, una ganancia de 7 puntos porcentuales. A los seis meses, la mejora es de magnitud similar: del 44,% al 51%. Este patrón se consolida en las cohortes 2023, 2024 y 2025. En definitiva, los contratos duran más. La reforma no fue solo cosmética.Con todo, el diagnóstico admite matices importantes. Las mujeres han mejorado algo más que los hombres — +7,6 frente a +6,9 puntos porcentuales en el umbral del primer mes —, pero la brecha de género en estabilidad laboral sigue existiendo. Las personas jóvenes (16-29 años) registran la mayor ganancia relativa (+8,7 puntos), aunque siguen siendo el colectivo con menor estabilidad. Asimismo, las personas trabajadoras extranjeras afiliadas a la Seguridad Social experimentan las mejoras más intensas. Con todo, las brechas en estabilidad laboral en estos colectivos persisten, lo que apunta a que el marco normativo no basta por sí solo para cerrarlas.Atendiendo al sector de actividad, se observa que finanzas, industria y comercio ya presentaban alta estabilidad antes de la reforma y la mantienen. Sectores como hostelería, salud o transporte han experimentado las mayores mejoras, con ganancias de entre 9 y 10 puntos un mes después de firmar el contrato. Pero no todos los sectores han respondido igual. Aquellos con peores cifras son arte y entretenimiento, información y comunicaciones y actividades administrativas, entre las que se encuentran las empresas de trabajo temporal.El análisis por tipo de contrato añade otra lectura necesaria. Los fijos discontinuos — la figura que más creció tras la reforma — replican en parte los patrones de estacionalidad que antes canalizaban los temporales. Cabe añadir que la menor duración observada en el caso de los contratos indefinidos puede explicarse por un efecto de composición: antes, firmaban indefinidos principalmente quienes ya tenían vínculos laborales consolidados; después, también lo hacen personas que antes habrían accedido a un empleo temporal. Este trasvase de temporal a indefinido haría que este segundo grupo se vuelva más heterogéneo y con una supervivencia media menor, aunque ello no implicaría que los vínculos individuales sean menos estables.¿Qué queda pendiente? Para avanzar en la lucha contra la precariedad y la pobreza laboral, desde ISEAK señalamos que la siguiente tarea es aplicar la misma lógica a la jornada parcial: establecer la jornada completa como forma ordinaria de contratación, reservando la parcialidad para situaciones justificadas, igual que el RDL 32/2021 mantuvo el contrato temporal para necesidades productivas concretas. La parcialidad involuntaria es hoy el segundo factor de pobreza laboral en España y reducirla prolongaría la lógica de la reforma hacia otra dimensión estructural de la precariedad.