El término “herencia” puede remitir a un sin fin de bienes, derechos y obligaciones: desde casas o joyas, hasta patrias potestades, fideicomisos o cajas de ahorro.
Pero hoy en día, con un estilo de vida prácticamente inmerso en la tecnología, es crucial abrir la conversación sobre otro tipo de patrimonio cuya naturaleza intangible lo hace pasar desapercibido: el legado digital.
Una postura repetitiva que genera rechazo, flojera o desinterés hacia la cultura del testamento —especialmente entre la generación Z y los millennials— es la de “No tengo nada que heredar”.
Esto, entre otras razones, por lo complicado que es hacerse de una vivienda propia, inversiones u otro tipo de patrimonios, tal y como las generaciones pasadas lo habrían hecho.Sin embargo, ¿qué hay de toda esa información, datos y contraseñas que circulan en el ciberespacio, o de aquellos contratos e inversiones que se gestionaron dentro de él?
En la actualidad, explicó el notario, Felipe Carrasco Zanini Ávila Camacho, todo ello también puede formar parte del legado de una persona.“Empieza a evolucionar toda esta cuestión de algunos bienes (...) pero claramente tienen ciertas peculiaridades que, a lo mejor, una casa no va a tener ni las acciones de una empresa o un coche”, abundó en entrevista con MILENIO. ¿Qué es la herencia digital?Todos estos datos e información digital ya podían incluirse dentro del testamento sin problema alguno, debido a que “entran en la gama de todos los bienes y derechos que una persona tiene”.No obstante, explicó el también titular de la notaría 185 de la Ciudad de México, fue hasta el 4 de agosto del 2021 que ciertos estatutos del Código Civil capitalino se modificaron para una regulación digital mucho más eficiente; tales como la adición del artículo 1392 bis, en el cual se establece una definición de “legado digital”.“Puede consistir en la titularidad sobre bienes o derechos digitales almacenados en algún equipo de cómputo, servidor, plataforma de resguardo digital, dispositivos electrónicos, redes sociales o dispositivos físicos utilizados para acceder a un recurso restringido electrónicamente”.










