El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda imprescindible para más de dos millones de personas que han acreditado vulnerabilidad económica, incluso en situaciones tan aparentemente incompatibles con el cobro de esta renta garantizada. Una de ellas es la convivencia de los beneficiarios en la casa de sus padres. Aunque parezca una situación que no da derecho a percibirlo, se puede cobrar el Ingreso Mínimo Vital viviendo en casa de los padres.
Lo cuenta la Seguridad Social en su página web: serán beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital las "personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella". Para que esto suceda, se deben dar estas tres condiciones:
No formar parte de un matrimonio, salvo que se hayan iniciado los trámites de divorcio o separación.
No formar parte de una pareja de hecho.
No formar parte de otra unidad de convivencia.














