El Ingreso Mínimo Vital es una renta garantizada completamente asentada en nuestro país después de sus seis primeros años de vida. Esto no quita para que muchos colectivos todavía no sepan que pueden cobrarla a pesar de que tienen derecho a ello. Uno de estos grupos es el de las personas que viven con sus padres. En su página web, la Seguridad Social especifica que podrán percibir el Ingreso Mínimo Vital las "personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella". Esto abre la puerta a las personas que viven con sus padres, aunque para ello han de cumplir con varios requisitos.

Así, el organismo especifica que el ciudadano que viviendo con sus padres quiera percibir el IMV tendrá que encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

No formar parte de un matrimonio, salvo que se hayan iniciado los trámites de divorcio o separación.

No formar parte de una pareja de hecho.

No pertenecer a otra unidad de convivencia.