El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto por el que se regula el r�gimen jur�dico de la jubilaci�n flexible que introduce nuevos incentivos para compatibilizar la pensi�n con la vuelta al trabajo, que entrar� en vigor tres meses despu�s de su publicaci�n en el Bolet�n Oficial del Estado (BOE).El decreto se enmarca en la reforma de pensiones acordada por el Gobierno y los interlocutores sociales y aprobada en 2024, en este caso con el objetivo de mejora el acceso a la jubilaci�n flexible con el fin de incentivar la reincorporaci�n voluntaria de los pensionistas al mercado de trabajo cobrando parte de su pensi�n, siguiendo as� la pol�tica de medidas encaminadas a fomentar la permanencia voluntaria en el mercado laboral.El decreto recoge los incentivos que recogen la modalidad de jubilaci�n flexible mejorada" favorecer la compatibilidad del trabajo y la pensi�n, en este caso facilitando el retorno a la actividad laboral."La jubilaci�n flexible ofrece la posibilidad, a los pensionistas de jubilaci�n que voluntariamente lo deseen, de reincorporarse a la actividad, y compatibilizar el percibo del importe de su pensi�n con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realizaci�n de una actividad por cuenta propia", se�ala el Ministerio de Inclusi�n, Seguridad Social y Migraciones."Podr�n solicitar esta modalidad las personas que ya hayan accedido a una pensi�n contributiva de jubilaci�n y deseen volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de esa pensi�n". La novedad es que ahora esta modalidad ya no se limita �nicamente al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial: tambi�n la podr�n pedir aut�nomos, siempre que no hayan estado dados de alta como tales en los tres a�os anteriores a la fecha de jubilaci�n, y estos pensionistas podr�n cobrar hasta 25% de la pensi�n mientras desarrolla la actividad compatible.Desde la publicaci�n del decreto tampoco ser� necesario esperar un periodo m�nimo desde la jubilaci�n para solicitar la jubilaci�n flexible y se podr� acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensi�n. La norma tambi�n recoge otros incentivos econ�micos. En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para compatibilizar trabajo y pensi�n se abre del 33% al 80% de la jornada (hasta ahora el jubilado pod�a trabajar entre el 25% y el 75%).En lo relativo a la cuant�a de la pensi�n de un trabajador a tiempo completo, su cuant�a se reducir� en proporci�n inversa a la disminuci�n de la jornada de trabajo. Con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda a la jubilaci�n flexible pasados al menos seis meses desde la jubilaci�n, el pensionista percibir� un porcentaje adicional de pensi�n. As�, las jornadas a tiempo parcial de entre el 55 y el 80% incrementar�n el importe de la pensi�n en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subir�n un 15% adicional.Durante el periodo de jubilaci�n flexible, el trabajador seguir� teniendo la condici�n de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protecci�n social.Adem�s, la pensi�n inicial de aquellos pensionistas que haya accedido a una jubilaci�n anticipada de forma involuntaria, mejorar� cuando regrese a la jubilaci�n plena desde la jubilaci�n flexible al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, seg�n el periodo de cotizaci�n acreditado.La nueva regulaci�n, que mejora las condiciones para las jubilaciones demoradas, se aplicar� a todos los reg�menes de Seguridad Social, salvo para los reg�menes especiales de los funcionarios Civiles del Estado, Fuerzas Armadas y personal al servicio de la Administraci�n de Justicia."Con estas mejoras, se completan las reformas iniciadas en 2021 y, en concreto, se desarrolla el acuerdo social tripartito de 2024, que busca flexibilizar el tr�nsito del empleo a la jubilaci�n y acercar la edad efectiva a la edad legal de jubilaci�n", detalla el departamento dirigido por Elma S�iz.Jubilaci�n demorada y activa"Los incentivos para la jubilaci�n demorada y las mejoras en la jubilaci�n activa est�n dando importantes resultados con diferentes opciones a los pensionistas para que, siempre desde la voluntariedad, elijan la modalidad que m�s se adec�e a su situaci�n", apunta Elma Saiz.As�, los trabajadores que deciden demorar su jubilaci�n m�s all� de la edad ordinaria han aumentado considerablemente, pasando de suponer el 4,8% en 2021 al 10,9% en 2025. En lo que llevamos de 2026, superan ya el 12% de las altas y suman 15.600 jubilaciones de este tipo, m�s que en todo 2021.Apunta que las jubilaciones anticipadas han pasado de superar el 43% en 2018 al entorno del 30% en la actualidad y se anticipa en menos meses. "En 2021, el 46% de las jubilaciones anticipadas se daban a la m�nima edad permitida (24 meses antes de la edad ordinaria) y el 73% anticipaban la jubilaci�n en m�s de un a�o. En 2025, solo el 14,5% de las jubilaciones anticipadas se dan a la menor edad permitida. Adem�s, la proporci�n de los que anticipan m�s de un a�o ha ca�do al 60%".Por �ltimo, "las nuevas jubilaciones activas, que favorecen seguir trabajando por cuenta ajena o por cuenta propia despu�s de demorar la jubilaci�n, desde su entrada en vigor en abril de 2025 hasta diciembre del mismo a�o, han aumentado tambi�n significativamente y ahora hay 5.602 pensionistas m�s que en el mismo mes de 2024, hasta 70.467", destaca el Ejecutivo.