La reforma del régimen de la jubilación flexible que permitirá a los jubilados trabajar sin perder completamente la pensión entrará en vigor el 28 de agosto, según se refleja en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que indica que comenzará a aplicar tres meses después de la publicación del Real Decreto. La norma, aprobada el pasado martes en Consejo de Ministros, establece que a esta modalidad de jubilación podrán acceder también los autónomos -antes solo disponible para los asalariados-, pero no tendrá carácter retroactivo.Esta nueva regulación se enmarca en la reforma de pensiones acordada por Gobierno, sindicatos y empresarios y aprobada en 2024 para buscar diferentes incentivos para mejorar la transición del empleo a la jubilación y favorecer la compatibilidad del trabajo con la pensión, la demora voluntaria o el retorno a la actividad laboral.

Qué es la jubilación flexible

Esta modalidad de jubilación permite a los jubilados reincorporarse a la actividad de forma voluntaria y compatibilizar el cobro de su pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia.

Quién puede acceder

Podrán acceder quienes ya hayan cobrado a una pensión contributiva de jubilación y deseen volver a desarrollar una actividad laboral compatible con el cobro parcial de la pensión.