El Consejo de Ministros aprueba este martes la reforma pendiente para impulsar más la jubilación flexible, fórmula por la que una persona que se ha jubilado vuelve a trabajar a tiempo parcial, cobrando el salario y parte de la pensión. Entre las novedades, se permitirá acogerse a esta modalidad a los autónomos, hasta ahora solo disponible para los asalariados, hay un incremento en el porcentaje de pensión que se puede cobrar en algunos casos, y solo podrán recalcular su pensión a futuro los jubilados forzosos.

Los cambios, que entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según ha adelantado El Periódico y confirman a elDiario.es fuentes conocedoras, se incluyen en un real decreto que el Gobierno aprueba este martes –y que por tanto no tiene que pasar por el Parlamento– y que estaba comprometido con los agentes sociales en la última reforma de pensiones para incentivar fórmulas voluntarias de trabajo y pensión.

La jubilación flexible ofrece la posibilidad, a los jubilados que voluntariamente lo deseen, de reincorporarse a la actividad y compatibilizar el cobro de parte de su pensión con las ganancias de un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, ahora como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia. Eso sí, hay una condición: siempre que la persona no haya estado dada de alta como autónoma en los tres años anteriores a la fecha de jubilación, precisan fuentes conocedoras del real decreto.