El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la nueva regulación de jubilación flexible aprobada esta semana por el Gobierno, que entrará en vigor dentro de tres meses. En concreto, el 28 de agosto. Entre los cambios más destacados figuran el acceso de los autónomos a esta fórmula de complementariedad del trabajo y el cobro de pensión, antes solo accesible para los asalariados, así como un aumento del porcentaje de pensión que se puede cobrar en algunos casos y la mejora de la pensión futura de los jubilados forzosos, entre otras.

La jubilación flexible es una fórmula por la que una persona que se ha jubilado vuelve a trabajar a tiempo parcial, cobrando el salario y parte de la pensión. Ahora, además de los asalariados con contratos a tiempo parcial, también podrán acceder a ella personas autónomas.

La ministra de la Seguridad Social, Elma Saiz, destacó el martes su carácter voluntario. “Esta es la muestra de que estamos creando un marco más amplio y más atractivo, más adaptado a los tiempos modernos para trabajadores y trabajadoras, que no expulsa el talento senior que quiera seguir aportando –insisto– desde la voluntariedad”, argumentó Saiz.

El real decreto especifica que las pensiones de jubilación flexible iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta nueva regulación se seguirán rigiendo por la normativa que les fuera aplicable anteriormente.