Este viernes han entrado en vigor los cambios en la jubilación flexible que contemplan nuevos complementos, la apertura al trabajo autónomo y mejores incentivos para hacer más atractiva esta modalidad de retiro que implica la compatibilización del cobro de la pensión de jubilación con una jornada a tiempo parcial.La reforma se aprobó el pasado 28 de mayo, fecha en la que se publicó en el Boletín Oficial del Estado, y su entrada en vigor se ha producido justo tres meses después, como contemplaba el Real Decreto 416/2026, de 27 de mayo (se puede consultar en este enlace).
Se puede combinar con el trabajo autónomo
La principal novedad es la apertura de esta modalidad de jubilación a la compatibilización con el trabajo autónomo, una opción que hasta ahora no se contemplaba y que se abre como una nueva posibilidad para la jubilación flexible.
El Real Decreto señala que esto será posible "siempre que, en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, la persona pensionista no hubiera estado en alta en un régimen de la Seguridad Social como persona trabajadora por cuenta propia". En estos casos, explica la ley, "el importe de la pensión a percibir se corresponderá con un porcentaje del 25%".













