Apenas un día después de que saliese a la luz la imputación del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, el portavoz de ERC, Gabriel Rufián, lanzaba una pregunta al actual jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, en el Congreso de los Diputados: "¿Dónde acaba el lobismo y empieza el tráfico de influencias?". Sánchez no respondió a la cuestión en sí, simplemente se limitó a presumir del proyecto de ley presentado por su Ejecutivo para regular a los grupos de presión que "está a la espera de que los grupos parlamentarios le den cauce para ser aprobado". Se trata de la norma de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés que está bloqueado en la Cámara Baja por la falta de acuerdo entre los grupos sobre el contenido de la norma desde marzo de 2025, cuando superó el debate de totalidad. Sin embargo, el texto en cuestión no contempla incluir ningún apartado específico que regule las actividades de los expresidentes del Gobierno o ex altos cargos públicos, por lo que de haber estado en vigor, habría dejado en un plano muy difuso a Zapatero, que en realidad está imputado por tráfico de influencias y habría sobrepasado la línea del lobismo. La normativa pone el foco más bien sobre los denominados lobbies y viene a llenar "una laguna del ordenamiento estatal" sobre esta cuestión, según reconoce el PSOE en el escrito. En España sí existe una ley que restringe el ejercicio de altos cargos en empresas privadas pero solo durante los dos años posteriores a su cese. Sin embargo, corresponde a la Oficina de Conflicto de Intereses, dependiente del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, conceder las autorizaciones. Esta intervención del Ejecutivo es uno de los reproches que hace el PP también con respecto al proyecto de ley para regular los lobbies. La norma contempla crear un registro obligatorio de los grupos de interés que también dependería de la Oficina de Conflicto de Intereses, por ello los populares proponen en una de sus enmiendas que sea una autoridad independiente la que controle las actividades de los lobistas en el ámbito de la Administración General del Estado y del sector público institucional estatal. De hecho, el director de la oficina lo nombraría el Consejo de Ministros, según la propuesta del Ejecutivo, por eso los populares piden evitar "cualquier riesgo de subordinación respecto del Gobierno". En el debate a las enmiendas de totalidad, el diputado popular Ángel Ibáñez Hernando lo criticó en estos términos: "Esta ley quiere poner al zorro a cuidar del gallinero". La normativa congelada en el Congreso de los Diputados propone, fundamentalmente, la creación de dicho registro obligatorio de grupos de interés en aras de garantizar la transparencia y participación en los procesos de toma de decisiones públicas. Y recoge un listado del personal público susceptible de influencia: miembros del Gobierno y secretarios de Estado, subsecretarios y asimilados, secretarios generales, delegados del Gobierno, jefes de misión diplomática permanente; presidentes, vicepresidentes, directores generales y ejecutivos en entidades del sector público estatal, administrativo, fundacional o empresarial, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado; así como presidentes y directores de entidades gestoras de la Seguridad Social, de las Agencias Estatales, de las Autoridades Portuarias, y de los organismos reguladores o de supervisión. El proyecto de ley no contempla a ex altos cargosAsimismo, se consideran influenciables miembros de los gabinetes que prestan funciones de confianza o asesoramiento especial, personal directivo público y el resto de personal de la Administración y de su sector institucional que participe en la toma de decisiones públicas, en procesos de elaboración de disposiciones normativas y en la ejecución de las políticas públicas. O sea, todo personal en activo; ni una referencia a ex altos cargos. Sin la inscripción en el registro no se podrán celebrar reuniones ni entrevistas "ni entablar ningún contacto con el personal público que implique ejercicio de actividad de influencia". Pero no especifica cómo se controlaría.Además de dicho inventario de lobbies, el proyecto de ley propone un informe de huella normativa. Es decir, que conste por escrito la identidad del personal público que haya mantenido contacto con dichos grupos de interés, así como las aportaciones formuladas por ellos, la fecha y el objeto del contacto. Esta cuestión los grupos políticos también la consideran poco estricta. Por ejemplo, otra enmienda del PP apunta a incluir además cada una de las modificaciones que ha experimentado la ley como consecuencia de la influencia ejercida. También reclaman que se registre las actas o minutas de las reuniones, el lugar, el resumen de los temas abordados y la identificación de los documentos intercambiados. Junts anunció su negativa a esta norma, por lo que el PSOE debe negociar con el PP qué enmiendas incluir para tratar de sacarla adelante. Asimismo, la ley establece unos principios de conducta básicos entre los que sitúa no difundir información confidencial ni plantear ni sugerir al personal público ninguna actuación que pueda generar un conflicto de intereses. Y unas infracciones que contemplan, como mínimo, un apercibimiento y, como máximo, la cancelación de inscripción en el registro. Por tanto, supondría más un ejercicio de transparencia que de punitivismo. Además, carga toda la responsabilidades en los lobbies, no en la Administración y sus representantes. Ibáñez Hernando reprochó esto mismo en el debate de totalidad. "La ley solamente establece obligaciones para los grupos de interés pero no para los responsables de tomar decisiones en la propia Administración", dijo. La regulación del lobismo en España lleva décadas pendiente de ser regulada, con varios amagos legislativos que no salieron adelante. El único paso dado al respecto fue en 2020, pero en el marco de las Cortes. Se aprobó el Código de Conducta que recoge el deber de los miembros de las cámaras -diputados y senadores- de hacer pública su agenda institucional, incluyendo las reuniones mantenidas con los representantes de cualquier entidad que tenga la condición de grupo de interés. Pero, en la práctica no ha resultado efectivo porque no hay un régimen de sanciones claro y porque no hay capacidad de investigar desde las Cortes qué reuniones se mantienen, según apunta una fuente parlamentaria. Respecto a la ley estatal, la ponencia sigue abierta y no se cierra el informe que debe ir a la Comisión de Hacienda y Función Pública para seguir su trámite parlamentario. Sin ese paso en el que los grupos políticos deben ponerse de acuerdo sobre el contenido de la norma, la ley no avanza, y la actividad lobista sigue en un limbo legal en España.