Dejar al perro atado a una farola, a la valla de un comercio o junto a la puerta del supermercado mientras entramos a comprar el pan o a hacer un recado rápido ha sido, durante décadas, una estampa de lo más cotidiana en nuestros barrios. Sin embargo, este gesto tan arraigado ya forma parte del pasado y es motivo de sanción. La entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal en España ha transformado por completo las obligaciones de los titulares de mascotas, priorizando la seguridad y el cuidado de los animales en los espacios públicos y prohibiendo de forma expresa ciertas conductas que antes considerábamos inofensivas.
El marco legal actual es muy claro respecto a las nuevas obligaciones de los propietarios en la vía pública. El Artículo 27.d de la normativa, centrado en las prohibiciones específicas respecto de los animales de compañía prohíbe explícitamente “mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”.
Esta prohibición de mantener a los animales desatendidos en la vía pública se enmarca dentro de las políticas para combatir una de las grandes problemáticas actuales en España: la falta de identificación y el abandono. Según el primer estudio oficial sobre la gestión de la protección animal en España, presentado por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, más del 80% de los perros y gatos que llegan a los centros de recogida no están identificados con chip.











