Empleo

Facilitar la transici�n laboral

El empresario debe conceder un plazo de preaviso de 15 d�as antes de que el despido sea efectivoUna persona buscando empleo.TRESBActualizado Jueves,

septiembre

09:36A lo largo de una larga carrera laboral es habitual que nos encontremos distintas situaciones y experiencias. Algunas ser�n m�s positivas, mientras que es posible que tambi�n nos enfrentemos a momentos m�s duros en los que perdamos el trabajo.Entre las causas por las que nos podemos quedar sin empleo se encuentra el despido objetivo. Se produce cuando llega la extinci�n de un contrato de trabajo por decisi�n de la empresa debido a causas econ�micas, t�cnicas, organizativas, de producci�n o por ineptitud o falta de adaptaci�n del trabajador.Aunque la decisi�n sea de la empresa, lo cierto es que las condiciones en las que se produce vienen recogidas en el Estatuto de los Trabajadores. Concretamente, el art�culo 53 est� dedicado a la Forma y efectos de la extinci�n por causas objetivas.En �l se recogen los requisitos legales que se deben cumplir, como es el caso de la comunicaci�n escrita al trabajador expresando la causa o la puesta a disposici�n del trabajador de la indemnizaci�n de veinte d�as por a�o de servicio.Adem�s, se debe conceder un plazo de preaviso de quince d�as, computado desde la entrega de la comunicaci�n personal al trabajador hasta la extinci�n del contrato de trabajo.Dentro de este periodo de tiempo, la empresa debe facilitar la b�squeda de un nuevo empleo para el trabajador, que tendr� derecho a seis horas retribuidas para tal fin."Durante el periodo de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de una persona con discapacidad que lo tuviera, tendr� derecho, sin p�rdida de su retribuci�n, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo".No se contempla en el despido disciplinarioPor otro lado, el Estatuto de los Trabajadores tambi�n contempla el despido disciplinario, que se produce por decisi�n del empresario mediante despido basado en un incumplimiento grave y culpable del trabajador. Ser� calificado como procedente, improcedente o nulo y en ning�n caso se contemplan esas horas retribuidas para la b�squeda de un nuevo empleo.