Jueces y fiscales existen para cuestionar hasta la última coma lo que dice la Policía, tanto en la vertiente jurídica como en el relato de lo que ha sucedido

La presunción de inocencia es la clave de bóveda del proceso penal en cualquiera de sus fases, de principio a fin. Es imprescindible para que el juez sea imparcial, lo que evita que se decante ya de entrada contra aquel señalado como sospechoso, frustrando así su posible defensa, inútil, desde luego, ante un juez que ya está sesgado y predispuesto en su contra. Buena parte de lo anterior supone que en el proceso hay que celebrar prueba, siendo los hechos siempre dudosos para el juez, porque no los ha presenciado. Sin embargo, en aquellas situaciones en que es imposible dudar de un hecho porque todos lo conocen, ya no se celebrará prueba porque el hecho es “notorio”, como se dice técnicamente.

Antiguamente, los hechos notorios eran escasos, pues salvo acontecimientos tan famosos como saber quién era el rey que estuviera en el trono en aquel momento, o bien la erupción catastrófica de un volcán, los hechos acaecidos fuera del proceso debían probarse. Pero ya desde hace algunos años contamos con las cámaras, que de repente nos revelan qué es lo que realmente sucedió desde tan diversos ángulos que, salvo que se pruebe una improbable falsificación, no dejan lugar a la duda.