La normativa laboral española regula las relaciones entre las empresas y los trabajadores, así como todos los derechos que tienen los segundos en materias tan importantes como, por ejemplo, el descanso que garantiza su salud física y mental.El Estatuto de los Trabajadores es el texto encargado de recoger esos derechos inherentes a los empleados: las condiciones de los trabajadores que se incluyen tanto en contratos como en convenio colectivos jamás pueden ser inferiores a las que establece la ley.

Una de las claves recogidas en esta ley es el descanso entre jornadas de trabajo. El descanso entre un día y otro debe ser el suficiente como para que el trabajador pueda, no solo descansar, si no también disfrutar de un tiempo de ocio, conciliar...

En su artículo 34 (puede consultarlo en este enlace), el Estatuto de los Trabajadores afirma que "entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas". Así, se da un plazo mínimo de doce horas, medio día, para que el trabajador pueda desconectar y descansar.

Cualquier acuerdo que establezca descansos inferiores entre jornadas será ilegal, pero si los convenios colectivos o el contrato firmado entre el trabajador y la empresa regulan periodos mayores, serán completamente legales, dado que la normativa sí permite mejorar derechos.