A menudo, los padres ayudan a sus hijos económicamente en situaciones como el pago de estudios, el alquiler o un coche, por ejemplo. En todos estos casos es importante que se cumplan los requisitos formales que pide Hacienda para evitar problemas fiscales.Así, es imprescindible declarar los préstamos que los padres hacen a sus hijos, independientemente de que dicho préstamo tenga intereses o no y también sin importar que el dinero se tenga que devolver o no. El objetivo es que el organismo no considere que se ha realizado una donación encubierta.
Según explica BBVA en su blog 'Mi jubilación', "tanto los préstamos familiares como las donaciones deben documentarse y declararse correctamente para evitar sanciones". Esto, sin embargo, no quiere decir que en todos los casos se vaya a pagar impuestos.
Desde BBVA apuntan que "declarar no siempre significa pagar impuestos". Los expertos del banco justifican esta frase al señalar que "en muchos casos estas operaciones están bonificadas o incluso exentas fiscalmente". Por eso, el pago de impuestos no es el trasfondo de la declaración de este préstamo y su razón de ser el cumplimiento de la normativa fiscal.
Si nos encontramos ante un préstamo de los padres con la obligación de que sea devuelto por el hijo, las partes han de firmar un contrato y formalizarlo para que Hacienda no lo considere 'a posteriori' una donación encubierta. Para ello, el beneficiario debe declararlo en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cumplimentando el modelo 600 y entregándolo en la Delegación de Hacienda autonómica correspondiente en los 30 días siguientes al ingreso del dinero.









