La cotización es crucial para todos los trabajadores. No solo es importante para la pensión de jubilación que aspiramos a tener en algún momento de nuestra vida y también es imprescindible para momentos críticos como la viudedad o la incapacidad temporal o permanente. Por eso, cuando un trabajador ha sufrido una reducción de jornada o se ha quedado en desempleo, surge la opción de que sea el propio trabajador el que pague sus propias cotizaciones para no perder ritmo en esa continua aportación que se necesita de cara al futuro.

En su perfil de X (antes Twitter), la Tesorería General de la Seguridad Social ha recordado que los ciudadanos que han dejado de trabajar o los que han visto recortada su jornada pueden mantener el derecho a las prestaciones suscribiendo un convenio especial con la Seguridad Social.

El organismo define en su página web el convenio especial como "el instrumento jurídico a través del cual, a las personas que se encuentran en las situaciones tasadas por la normativa vigente, se les permite cotizar voluntariamente a la Seguridad Social con el fin de generar, mantener o ampliar el derecho a las prestaciones de la Seguridad Social".

Con el convenio especial el trabajador cotiza por las contingencias de jubilación, incapacidad permanente de contingencias comunes y las prestaciones derivadas de muerte y supervivencia de contingencias comunes.