Los ciudadanos que se quedan sin empleo y, por su situación particular, no puede realizar cotizaciones afronta una difícil situación porque la ausencia de esas cotizaciones reducirá de forma paulatina la futura pensión de jubilación. Por eso, la Seguridad Social ofrece una posible solución a esas personas. Se trata de los convenios especiales, una herramienta que la Seguridad Social pone a disposición de los ciudadanos y que, en la práctica, consiste en que sean los propios trabajadores los que paguen sus propias cotizaciones en aquellas situaciones en las que quieran generar, ampliar o mantener el derecho a las prestaciones dependientes del organismo.

Tal y como informa la Seguridad Social en su página web, el convenio especial se define como "un instrumento jurídico" con el que el ciudadano puede "cotizar voluntariamente" y que conlleva cotizaciones de cara a la pensión de jubilación, la de incapacidad permanente derivada de enfermedad común o accidente no laboral, y todas las de muerte y supervivencia (viudedad, orfandad, en favor de familiares) por contingencias comunes.

Requisitos para suscribir un convenio especial con la Seguridad Social

No todas las personas pueden suscribir un convenio especial con la Seguridad Social. El organismo solo lo permite si el ciudadano ha acreditado una cotización de 1.080 días dentro de los últimos 12 años y si accede desde alguna de las siguientes situaciones: