Nuevas normas de trafico para motosActualizado 25
AGO.
2026 - 13:16Los motoristas deber�n usar cascos y guantes de protecci�n homologados.El Gobierno reforma el Reglamento General de Circulaci�n con normas espec�ficas en v�as urbanas e interurbanas, nuevas normas para motoristas, usuarios de bicicletas, patinetes el�ctricos y los llamados 'riders' profesionales, adem�s de regular los carriles de emergencia en caso de nevada.El Consejo de Ministros aprob� el pasado 23 de junio una modificaci�n del Reglamento General de Circulaci�n cuyo objetivo es mejorar la protecci�n de los usuarios vulnerables de la v�a, concepto en el que est�n englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de veh�culos de movilidad personal (VMP).Nuevo Reglamento General de Circulaci�nSeg�n el Ministerio del Interior y la Direcci�n General de Tr�fico (DGT), el objetivo de la reforma es adaptar el reglamento al cambio de visi�n de la movilidad que se ha producido en los �ltimos 20 a�os. En las dos �ltimas d�cadas, "se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el veh�culo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos", explica la DGT.Por primera vez, el Reglamento General de Circulaci�n recoge una definici�n de usuario vulnerable de la v�a: "aquel que, por raz�n del medio de desplazamiento que utiliza o por las caracter�sticas f�sicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tr�fico o que �stas sean de mayor gravedad". Nuevas normas para motos, patinetes y ciclistasGracias a la reforma, el Reglamento General de Circulaci�n incluye un nuevo T�tulo VI con normas de circulaci�n espec�ficas en v�as urbanas e interurbanas, nuevas normas para motoristas, usuarios de bicicletas, patinetes el�ctricos y los llamados 'riders' profesionales, adem�s de regular los carriles de emergencia en caso de nevada.Los principales cambios introducidos en el Reglamento de Circulan se agrupan en seis grandes bloques:Conductores de VMPFija en 15 a�os la edad m�nima para conducir un veh�culo de movilidad personal (VMP).Deber�n utilizar casco de protecci�n obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. Los profesionales que circulen en VMP deber�n utilizarlo en todo momento. Ambas son una infracci�n grave con sanci�n econ�mica de 200 euros.Estos veh�culos deber�n llevar siempre encendido el alumbrado.Fuera de los n�cleos urbanos, se puede permitir la circulaci�n de los VMP por v�as segregadas de veh�culos a motor, tales como v�as ciclistas o carriles bici.CiclistasSe suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deber�n llevarlo en v�as interurbanas.Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional en este veh�culo ('riders') deber�n hacer uso en todo momento de casco de protecci�n y chaleco reflectante. Ambas situaciones son una infracci�n grave con sanci�n econ�mica de 200 euros.El conductor que adelanta a un ciclista en una v�a interurbana deber� reducir la velocidad en al menos 20 kil�metros/hora respecto al l�mite existente en la v�a.Adem�s, en calzadas con m�s de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, adem�s de dejar la separaci�n lateral de 1,5 m.En v�as urbanas:Los ciclistas circular�n preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.Los conductores de veh�culos a motor deber�n dejar una separaci�n m�nima de 5 metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.En aquellas de un solo carril donde est� limitada la velocidad a 30 kil�metros/hora o inferior, y previa se�alizaci�n, la autoridad municipal podr� permitir la circulaci�n de las bicicletas en los dos sentidos de circulaci�n.MotoristasEs obligatorio el uso de guantes de protecci�n para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en v�as interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de v�as. Ambas son una infracci�n grave cuya sanci�n econ�mica es de 200 euros.Se permite la circulaci�n de motocicletas por el arc�n derecho cuando exista congesti�n del tr�fico, sin exceder la velocidad de 30 kil�metros/hora y previa se�alizaci�n del tramo.Los cascos de protecci�n de los usuarios de ciclomotores tendr�n que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deber�n llevar chaleco reflectante en todo momento. Es una infracci�n grave con sanci�n econ�mica de 200 euros.Equipamiento de protecci�nSe suprimen las exenciones al uso del cintur�n de seguridad que exist�an para conductores de taxi, veh�culos de mercanc�as y veh�culos de ense�anza de la conducci�n. A partir de ahora deber�n llevarlo puesto en todo momento.Se establece una excepci�n que ampara a pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia t�cnico-sanitaria en ruta cuando en servicio de urgencia ocupen habit�culo del paciente.V�as interurbanasLos veh�culos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, aver�a, labores de auxilio, mantenimiento o regulaci�n del tr�fico deben dejar una separaci�n lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kil�metros/hora respecto al l�mite existente en la v�a.En autopistas y autov�as, cuando la circulaci�n quede dificultada a causa de la nieve, queda prohibido adelantar y se circular� �nicamente por el carril de la derecha dejando expedito el de la izquierda para la circulaci�n de los veh�culos de emergencia y quitanieves.Cuando, con motivo de una retenci�n, los veh�culos circulen a paso de peat�n o se detengan, deber�n orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de veh�culos de polic�a y dem�s servicios de emergencia, espacio denominado "carril de emergencia".V�as urbanasEn pasos para peatones con sem�foro, como norma general, no podr� coincidir la luz �mbar intermitente para veh�culos con la luz verde para peatones.Se dota de entidad jur�dica a los caminos escolares seguros, defini�ndolo como aquel conjunto de v�as acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los ni�os y las ni�as se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte p�blico o utilizando medios de movilidad no motorizados.Se regula la maniobra de estacionamiento de las autocaravanas, que no podr�n extender elementos propios que desborden el per�metro del veh�culo, considerando como tal la proyecci�n en planta, deber�n descansar s�lo sobre neum�ticos y no podr�n verter fluidos procedentes del habit�culo.Las nuevas normas de tr�fico entrar�n en vigor el d�a 1 de octubre de 2026, excepto los art�culos referidos al alumbrado obligatorio para VMP y el uso obligatorio de casco y guantes de protecci�n homologados para usuarios de motocicletas, que lo har�n el 1 de octubre de 2027. Los motoristas tendr�n un a�o de pr�rroga para asegurarse de que estos accesorios est�n debidamente homologados. Mientras tanto, deber�n utilizar cascos y guantes de protecci�n de las mismas caracter�sticas de los que se usan en la actualidad.EmpresasMotor









