El Gobierno ha aprobado este martes una modificación del Reglamento General de Circulación por la que establece una serie de limitaciones y normativa en el uso de vehículos de movilidad personal, como los patinetes. También hay cambios en otros vehículos similares, como motocicletas o bicicletas. Entre las principales novedades están que se establece en 15 años la edad mínima para conducir patinetes, y será obligatorio el uso del casco, medida que también afecta a las bicicletas.
Además, se impone el uso de guantes para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas (no en ciudad, según la nota distribuida por el ministerio), así como el “calzado cerrado” en todo tipo de vías: se acabó (legalmente) ir en sandalias en moto.
Estos son los principales cambios comunicados por el Gobierno en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes.
Vehículos de movilidad personal (patinetes)
La nueva normativa fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP). Estos aparecen definidos en la normativa como los vehículos de una o más ruedas, diseñado para una sola persona, que se propulsa exclusivamente mediante motor eléctrico, con una velocidad máxima por construcción de entre 6 y 25 kilómetros por hora. Son los patinetes eléctricos, segways o los monociclos.










