La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha estimado la demanda presentada por una empleada que reclamaba su derecho a teletrabajar toda la jornada para poder cuidar a su madre, diagnosticada con Alzheimer y con un 65% de discapacidad.
En la sentencia, que puede ser recurrida en casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, el TSJN revoca un fallo de la plaza nº 1 de la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Pamplona.
La demandante, ingeniera de software en una empresa desde 2006, solicitó en mayo de 2025 trabajar en modalidad de teletrabajo el 100% de su jornada para poder cuidar a su madre. La compañía le denegó la solicitud porque no convivía con ella.
Desde la pandemia de COVID-19, la recurrente y sus compañeros habían teletrabajado toda la jornada, pero desde mayo de 2025 la empresa exigió presencialidad al menos dos días a la semana, por requerimiento del cliente principal, el Gobierno de Navarra.
La empleada demandó entonces a la empresa solicitando el derecho a teletrabajar el 100% de su jornada y una indemnización por daños morales y vulneración de derechos fundamentales. El tribunal de instancia desestimó la demanda al considerar que la entidad había justificado necesidades organizativas y que la trabajadora ya disfrutaba de tres días de teletrabajo y flexibilidad horaria.







