El paso a la jubilación siempre es complicado, pero a veces es algo más enrevesado de lo que parece si el trámite a ejecutar o la situación del trabajador es distinta a lo que consideramos lo habitual. Es el caso de las personas que cobran una pensión de incapacidad permanente.El problema reside en que la pensión de incapacidad permanente tiene cierto carácter indefinido, pero llega un momento en el que el trabajador cumple la edad ordinaria de jubilación y, en ese caso, hay que analizar bien la situación. La pensión a la que tiene derecho no tiene por qué ser igual y es preciso informarse bien.
Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, ha dado algunas claves al respecto en un vídeo en su canal de YouTube. El experto en pensiones ha señalado que "si eres pensionista de incapacidad permanente y ha llegado tu edad de jubilación, lo que te recomiendo es que la solicites".
Muñoz apunta que, en el momento de la presentación de la solicitud de la pensión, "se estudiará tu derecho a la posible jubilación" y si, una vez calculada la cuantía de la prestación generada, "en el supuesto de que la jubilación sea de mayor importe se te reconocerá esta".
Lo positivo es que, si realizada la consulta, la pensión de jubilación resultase menor a la que el pensionista ya cobra por su incapacidad permanente "no hay ningún problema porque mantendrás el derecho y la cuantía de la pensión de incapacidad permanente".







