La publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la ley de amnistía ha reabierto debates que ya deberían estar superados y ha provocado en los tribunales actuaciones aparentemente contradictorias. Carece de sentido seguir demorando decisiones sobre el ámbito de aplicación de dicha ley, cuando el Tribunal Constitucional ha rechazado todos los recursos que se presentaron contra esta norma y una vez que la justicia europea no ha puesto objeciones, sino que ha apoyado su aplicación al resolver las dudas que le habían expuesto el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. Seguir alargando los procedimientos abiertos en su día no favorece el pase de página y los propósitos de “reconciliación” que el propio tribunal de la UE ha atribuido al perdón a los líderes que en 2017 encabezaron el proyecto de ruptura de Cataluña con el resto de España.Entre los últimos movimientos judiciales, hay que destacar que el Tribunal Supremo ha amnistiado ahora a los autores de diversos delitos de desobediencia o desórdenes públicos, mientras que el Tribunal de Cuentas, en cambio, ha abierto una fase de alegaciones en su expediente por supuesta responsabilidad contable de dichos dirigentes. La consejera encargada del caso en el órgano fiscalizador, Elena Hernáez —elegida a propuesta del PP— ha tomado esta decisión a pesar de que el citado fallo del Tribunal de Luxemburgo ha excluido que el proceso independentista perjudicara las finanzas de la UE. Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, ha reaccionado a su vez ante esta resolución con una denuncia contra el Estado español ante la Comisión Europea por incumplimiento de la sentencia del TJUE.En paralelo, la Sala Penal que juzgó los hechos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 mantiene fuera del perdón a los principales dirigentes del proyecto independentista. Se trata de los que fueron condenados por malversación, y de los que están acusados de este mismo delito, como Puigdemont, sin haber sido juzgados, por seguir fuera de España. En el primer grupo —cuya condena incluyó también la figura delictiva de sedición, ya desaparecida del Código Penal— están el exvicepresidente de la Generalitat y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, cuyas penas de inhabilitación siguen vigentes, lo que les impide, entre otras cosas, ejercer sus derechos políticos y acceder a cargos públicos. El Supremo tampoco ha dado paso alguno para amnistiar a los exconsellers Felip Puig y Jordi Comín, que también fueron acusados de malversación, sin haber sido juzgados por hallarse huidos de la justicia. Por otra parte, el instructor de la causa, Pablo Llarena, mantiene en vigor la orden de detención contra el expresidente de la Generalitat, para el supuesto de que su presencia se detecte en cualquier parte del territorio español.Se ha iniciado, en definitiva, un incierto compás de espera tanto en el Supremo como en el Tribunal de Cuentas. En el primer caso, a la espera de que el Constitucional resuelva los recursos de amparo de Puigdemont y los citados exmiembros de su Consejo Ejecutivo. El presidente del órgano de garantías, Cándido Conde-Pumpido, ha convocado la primera deliberación sobre este asunto para el próximo 22 de septiembre. El magistrado José María Macías, ponente del primer recurso interpuesto sobre este asunto, el correspondiente a Turull, presentará entonces su ponencia o borrador de sentencia. Macías se ha manifestado en contra de la ley de amnistía en numerosas ocasiones, por lo que resulta probable que su propuesta sea de rechazo de la solicitud de amparo.Si así ocurriera, dicha ponencia sería rechazada por la mayoría progresista del Constitucional, que es favorable a la aplicación de la amnistía al delito de malversación. A Macías le cabría aceptar el criterio mayoritario, y redactar la sentencia otorgando el amparo, sin perjuicio de mantener su discrepancia y votar en contra del fallo. Si no deseara asumir dicha redacción, esta quedaría en manos de un magistrado del sector mayoritario. En el propio tribunal se da por hecho que, por cualquiera de estas dos vías, la resolución que cabe esperar será favorable a los recurrentes, declarándose vulnerados sus derechos fundamentales por la inaplicación de la amnistía a la malversación. Esta primera sentencia referida a Turull contendrá, en suma, una doctrina aplicable al resto de casos, que plantean el mismo supuesto. En octubre o noviembre, por tanto, el Supremo tendrá la oportunidad de empezar a aplicar dicha ley al conjunto de los peticionarios de amparo, Puigdemont incluido. Pero no hay garantía alguna de que vaya a hacerlo, ni de que renuncie a nuevos pasos para cuestionar el perdón a los considerados autores de malversación, por entender que se enriquecieron con el procés, al financiarlo con dinero público, y no con su propio patrimonio.El Tribunal de Cuentas, a su vez, ya ha recibido las alegaciones de la Fiscalía y de la Generalitat, ambas favorables a aplicar la amnistía de inmediato. Societat Civil Catalana está estudiando el asunto y prevé presentar sus conclusiones en septiembre, ya que agosto es inhábil. En principio, su intención es pedir que continúe la investigación, para poder descartar completamente que el procés dañara las finanzas de la UE, sobre lo que dicha entidad mantiene dudas. La decisión está en manos de la consejera Elena Hernáez. Las espadas, en suma, podrían seguir en alto por tiempo indeterminado, lo que contrasta con los criterios del Gobierno y la Generalitat, así como con recientes declaraciones del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, a favor de “pasar página” sobre el procés. En estas condiciones, el riesgo para el mejor funcionamiento de las instituciones es que desde instancias judiciales se siga entorpeciendo la efectividad de las decisiones del Parlamento y del órgano de garantías, así como de las que ha adoptado la justicia europea, por medio del fallo del tribunal de Luxemburgo.
La sinrazón de seguir retrasando la aplicación de la ley de amnistía
En estas condiciones, el riesgo para el mejor funcionamiento de las instituciones es que desde instancias judiciales se siga entorpeciendo la efectividad de las decisiones







