El fallecimiento de un familiar obliga a afrontar numerosos trámites en un momento especialmente delicado. Entre las dudas más frecuentes se encuentra el bloqueo de las cuentas bancarias del difunto y la posibilidad de utilizar ese dinero para atender pagos urgentes. David Jiménez, abogado experto en herencias, aclara que existen excepciones para cubrir determinados gastos esenciales. Cuando el banco recibe la notificación del fallecimiento de un cliente, lo habitual es que limite el acceso a sus cuentas hasta que se complete la tramitación de la herencia. Según explica Jiménez, esta medida busca garantizar el pago del Impuesto de Sucesiones y evitar que los fondos desaparezcan antes de que los herederos cumplan con sus obligaciones fiscales. “La ley establece que si el heredero no paga el impuesto, lo hará la entidad financiera”, señala el abogado. Por este motivo, el banco actúa como responsable subsidiario del tributo y exige que los herederos presenten el justificante de liquidación correspondiente antes de liberar definitivamente el dinero depositado en la cuenta. Sin embargo, el bloqueo no impide atender ciertos pagos urgentes vinculados directamente al fallecimiento. “El banco debe permitir utilizar el dinero del fallecido para cubrir gastos esenciales, como los del entierro”, afirma Jiménez. Entre ellos se incluyen la factura de la funeraria, el tanatorio y otros servicios relacionados con el sepelio. Para disponer de esa cantidad, los herederos deben presentar ante la entidad bancaria la factura correspondiente, emitida a nombre de la persona fallecida. El banco suele liberar únicamente el importe necesario, bien mediante una transferencia directa a la empresa funeraria o a través de otro medio de pago que garantice que el dinero se destina a ese fin concreto. Además de los gastos funerarios, los fondos de la cuenta bloqueada también pueden utilizarse para abonar el Impuesto de Sucesiones. Para ello, los herederos deben entregar el documento de autoliquidación, de modo que la entidad pueda transferir el importe a la Administración. Una vez acreditado el pago del impuesto y presentada la documentación de la herencia, el banco podrá desbloquear el resto del dinero. El fallecimiento de un familiar obliga a afrontar numerosos trámites en un momento especialmente delicado. Entre las dudas más frecuentes se encuentra el bloqueo de las cuentas bancarias del difunto y la posibilidad de utilizar ese dinero para atender pagos urgentes. David Jiménez, abogado experto en herencias, aclara que existen excepciones para cubrir determinados gastos esenciales.