Madrid (EFE).- El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado en una sentencia el recurso interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha contra la ley de amnistía a los implicados en el proceso de independencia de Cataluña.

La resolució, aplica la doctrina establecida por este tribunal en sentencias anteriores que ya resolvieron las principales cuestiones de constitucionalidad planteadas respecto a esta ley.

En relación con la impugnación de la ley en su conjunto el TC mantiene, tal como señaló en resoluciones anteriores, que de la Constitución no se deriva una prohibición de amnistiar, que el legislador no incurrió en arbitrariedad al aprobar la ley y que esta no vulnera los principios de separación de poderes, solidaridad e igualdad territorial y seguridad jurídica.

El TC desestima igualmente la alegación de que el Estado carezca de competencia para aprobar una ley de amnistía.

Señala que los recurrentes no identifican competencia autonómica alguna que hubiera resultado vulnerada sino que reiteran la tesis, ya rechazada por la doctrina constitucional, de que la amnistía solo podría incorporarse al ordenamiento mediante una previa reforma de la Constitución.