Clonar un teléfono móvil, una tablet o un ordenador no equivale a abrir un cajón con papeles. Estos dispositivos concentran una ingente cantidad de información personal cuya difusión indiscriminada puede suponer un “atropello” a la intimidad. Es lo que ha denunciado esta semana el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero tras la filtración de miles de mensajes privados que intercambió durante los últimos tres años con su secretaria y de sus agendas personales de los años 2024 y 2025.
En el registro realizado el pasado mayo en su despacho, la Policía se incautó de casi medio centenar de elementos entre agendas en papel, carpetas, pendrives, discos duros… Los agentes también clonaron el teléfono de Gertrudis Alcázar, asistente de Zapatero desde hace más de dos décadas. Ahí estaban alojadas las conversaciones que los investigadores cruzaron con el contenido de las agendas y otra documentación y que sustentan el último informe del caso. Esa ingente cantidad de información —incorporada como anexo al citado informe— acabó después, en bruto, en manos de las 15 defensas y las 10 acusaciones populares que están personadas en el procedimiento y terminó llegando a los medios.
Su difusión generalizada abre de nuevo el debate sobre las filtraciones de sumarios judiciales y, más concretamente, de información contenida en ellos sin relevancia para la investigación. La ley prevé un trámite específico de “expurgo” en el caso de las escuchas telefónicas, pero no para el clonado de móviles u ordenadores. No obstante, juristas consultados por elDiario.es apuntan que es “responsabilidad directa” del juzgado separar qué es relevante para la investigación para impedir que información sobre temas familiares, sanitarios o inocuos que es ajena al procedimiento acabe llegando al público.












