La Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero u Otros Activos y del Financiamiento del Terrorismo (Decreto 15-2026) fue aprobada por el Congreso de la República el pasado 2 de junio, con 147 votos a favor. La normativa sustituye el marco legal vigente desde el 2001 e incorpora nuevos mecanismos de supervisión alineados con estándares internacionales.

La nueva ley fue abordada durante el foro “Ley antilavado: transparencia, supervisión y protección financiera”, convocado por Guatevisión para Guatemala No Se Detiene, en el que participaron Jorge Ayala, diputado y presidente de la Comisión de Economía del Congreso de la República; Susan Rojas, experta en cumplimiento normativo, antilavado y exintendente de Verificación Especial; y César Sigüenza, director legal de Fundación 2020.

Cuando la ley entre en vigencia, podrán observarse controles más específicos en determinadas operaciones financieras. Bancos, cooperativas, financieras, comercios y otros sujetos obligados podrán requerir información adicional para verificar el origen de los fondos, confirmar datos de los clientes e identificar beneficiarios finales en ciertos trámites.

Sin embargo, esto no implica que todas las personas sean investigadas o sujetas al mismo nivel de supervisión. La ley establece que los controles deberán aplicarse de acuerdo con el nivel de riesgo de cada cliente y de cada operación. Para quienes realizan transacciones habituales, como recibir salarios, pagar servicios o administrar cuentas personales, el impacto sería limitado.