Toni Muñoz 29/05/2026 10:00 Actualizado a 29/05/2026 10:09 La Audiencia de Barcelona ordena que los 128 inmuebles que fueron arrebatados por una trama de abogados y notarios sean devueltos a sus propietarios o, en su defecto, se les abone el valor del piso. Así lo establece la sentencia dictada por la sección décima, a la que ha tenido acceso La Vanguardia y que detalla en 559 páginas cómo deben ser restituidas las propiedades a las personas afectadas.El juicio penal se saldó con condenas mínimas para los acusados tras alcanzar un pacto de conformidad con las acusaciones. Francisco Comitre, abogado y líder de la trama, aceptó una pena de 4 años y 7 meses de prisión, y el notario Enrique Peña, condenado como cooperador necesario, una pena de 3 años y 2 meses. Los acusados se comprometieron a devolver las propiedades y, en caso de no disponer de bienes o dinero suficiente, serían las aseguradoras las que responderían en su nombre. Esta cuestión derivó en un juicio para dirimir la responsabilidad civil, que se resuelve con esta sentencia.En los supuestos en los que el piso haya acabado en manos de terceros de buena fe serán los acusados los que deberán abonar el valor del inmuebleEl tribunal contempla tres escenarios. En el supuesto de que los acusados todavía dispongan del inmueble, ordena que sea devuelto a sus legítimos propietarios y, al mismo tiempo, que se les abone una indemnización por los daños y perjuicios causados por la imposibilidad de disponer del piso. “Los perjudicados transmitieron sus bienes a los acusados fruto del ardid engañoso que constituye el delito de estafa y tal pérdida ha de ser restaurada. En los supuestos en que los bienes se encuentran en poder de los acusados o de alguna de las sociedades instrumentales de la actividad delictiva controladas por ellos, tal restitución (…) puede hacerse mediante la puesta a disposición de los bienes”, explica la sala.Lee tambiénOtro escenario es que la trama hubiera vendido el piso a un tercero de buena fe que lo adquirió sin saber que procedía de una estafa. En este caso, el tribunal ordena que se abone a los afectados el valor del inmueble con los intereses de demora. “Cuando la nulidad del negocio jurídico no permite la recuperación material o jurídica del bien, se ha de restituir mediante el pago de su valor”. Y añade que “será el valor que tenía en el momento en que salió del patrimonio de la víctima”. Por último, existe un tercer escenario, en el que los inmuebles siguen en manos de los acusados, pero con nuevas cargas, ya sean deudas o hipotecas. El tribunal ordena devolver el piso a los afectados y que los acusados asuman el pago de esas cargas.Los hechos ocurrieron entre 2009 y 2015, cuando una trama de abogados y notarios aprovechó su buena apariencia y aparente respetabilidad para ofrecer a personas mayores productos financieros atractivos para su jubilación, como hipotecas inversas o usufructos vitalicios que les permitían complementar su pensión. Sin embargo, según la sentencia, “el propósito económico fraudulento que guiaba la actuación de los citados acusados era el de apoderarse definitivamente de la plena propiedad de los inmuebles de sus clientes sin abonar contraprestación económica alguna o abonando una cantidad muy inferior al valor de mercado”.Las compañías aseguradoras deberán abonar el valor de los inmuebles en el caso de que los acusados no puedan responder. El tribunal considera que las pólizas de responsabilidad civil deben aplicarse en este caso porque los abogados y notarios cometieron el delito en el marco de su ejercicio profesional. “Los delitos fueron cometidos, entre otras cuestiones, debido a que las víctimas depositaron su confianza en su ejercicio profesional como abogado y como notario, y los asegurados no cumplieron (…) el estándar mínimo que les correspondía”.Redactor de tribunales. Autor del libro 'Solo tú me tendrás' sobre el crimen de la Guardia Urbana. Ha trabajado en la Cadena SER y en RAC1. Licenciado en Periodismo (UPF) y Ciencias Políticas (UAB)