BancaEl tribunal rechaza que el expresidente del banco intervenido en 2017 y comprado por un euro por Santander cobre la remuneraci�n contratada �ngel Ron, ex presidente de Banco Popular.El Mundo MadridActualizado Jueves,
mayo
17:40Audio generado con IAEl Tribunal Supremo ha determinado que el expresidente de Banco Popular�ngel Ron no tiene derecho a cobrar su compensaci�n por prejubilaci�n, que asciende a unos 12,8 millones de euros, estimando as� las pretensiones de Banco Santander.La Sala Civil del Tribunal Supremo ha decidido estimar el recurso de casaci�n interpuesto por el Santander sobre la compensaci�n a �ngel Ron que deb�a abon�rsele desde su cese en el cargo, que se produjo en febrero de 2017, y hasta que cumpliese 65 a�os.Banco Santander compr� Banco Popular en junio de 2017 por un euro, una vez que las autoridades financieras europeas determinaron que la entidad que hab�a presidido �ngel Ron hasta cuatro meses antes. Alrededor de 300.000 accionistas perdieron toda su inversi�n. El Santander reclam� a Ron que devolviera las retribuciones cobradas un a�o antes de la ca�da del Popular, entre ellas la compensaci�n por prejubilaci�n que deb�a pagarle Mapfre tras su salida de la entidad financiera por un total de 12,8 millones de euros que ir�a percibiendo a�o a a�o hasta cumplir los 65, y que dej� de cobrar cuando se activ� el proceso judicial. Si el Juzgado de Primera Instancia conden� a Ron, la Audiencia Provincial fall� en sentido contrario posteriormente por considerar que lo relacionado con esta remuneraci�n era ajeno al an�lisis de la actuaci�n profesional del condenado ni de su intervenci�n en la situaci�n que condujo a la resoluci�n del Banco Popular. Ahora, el Supremo revoca esa segunda sentencia de 2021 de la Audiencia Provincial de Madrid que dio la raz�n a Ron y a la aseguradora Mapfre en lo relativo a la ejecuci�n de la p�liza de seguro de rentas y compensaci�n por prejubilaci�n. Ron dej� de cobrar esta pensi�n cuando se activ� el proceso judicial. En su momento, la Audiencia ya mantuvo el resto de aspectos de la sentencia previa, que obligaba al ex directivo del Popular a devolver los 215.546 euros recibidos por las remuneraciones variables de 2013 y 2014 en los a�os 2015 y 2016.Tambi�n se mantiene la condena reembolsar los 13.093 euros correspondientes a la remuneraci�n cobrada por adelantado en el primer trimestre de 2017 sin haber desempe�ado efectivamente el puesto de consejero desde el 20 de febrero de 2017.As�, Santander podr� aplicar las cl�usulas de recuperaci�n ('clawback') y de ajuste previo o reducci�n a cero ('malus') de la compensaci�n, cuyo pago se instrumentaba en una p�liza de seguro de rentas suscrita con Mapfre. La aseguradora tendr� que dejar sin efecto las obligaciones de pago previstas en la p�liza y devolver al banco el importe de la prima no consumida.El enfrentamiento entre las partes se centraba en si se pod�a entender que esta compensaci�n era retribuci�n variable y, por tanto, se pod�an aplicar las cl�usulas 'malus' y 'clawback'. As� lo entend�a el Juzgado de Primera Instancia, pero la Audiencia determin� que era una pensi�n de prejubilaci�n, no una retribuci�n variable.El Supremo considera que la retribuci�n pactada no es una pensi�n de jubilaci�n, sino una compensaci�n econ�mica por la terminaci�n de la relaci�n contractual que cubr�a el periodo de tiempo que faltaba hasta la jubilaci�n e iba ligada a un compromiso de no competencia.Seg�n recoge la sentencia, Popular y Mapfre acordaron un dep�sito preparatorio a t�tulo de prima �nica para la contrataci�n de unas futuras p�lizas de seguro, en virtud de las cu�les un grupo de personas con cargos de administradores en el Popular percibir�an una renta mensual en el supuesto de que cesaran de sus cargos y hasta el a�o que cumplieran 65 a�os.Con posterioridad se procedi� a la contrataci�n del seguro de rentas, un seguro en el que el tomador (Banco Popular) entreg� a la aseguradora (Mapfre) un capital de 12,8 millones de euros a t�tulo de prima �nica. El compromiso de pago de estas retribuciones, y las de otros administradores, se exteriorizaba mediante la contrataci�n de un seguro colectivo de personas, un seguro de rentas.









