El Tribunal Supremo ha anulado el registro único estatal de pisos turísticos que pretendan publicitarse mediante plataformas digitales, impulsado por el Ministerio de Vivienda a finales de 2024, al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que "se superpone a los registros autonómicos existentes respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos".PublicidadEn una sentencia fechada el pasado 19 de mayo, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima parcialmente el recurso de la Generalitat Valenciana (otras autonomías hicieron lo propio) contra dicha norma estatal por la que también se crea la ventanilla única digital de arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración. Sobre esta medida, sin embargo, sí se mantiene la competencia del Estado, según la resolución.(Habrá ampliación)